Orden 129/2000, de 22 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plazas vacantes de la Escala Forestal del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (F.28-02/00)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyOrden

De conformidad con la Disposición Adicional Única y Final Primera del Decreto 11/2000, de 30 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2000 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Consejería de Desarrollo Autonómico yAdministraciones Públicas, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.2.h) de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala Forestal del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial (F.28-02/00).

Bases de la convocatoria

Base 1.- Normas Generales.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 7 plazas vacantes de la Escala Forestal del Cuerpo de Ayudantes Facultativos de Administración Especial pertenecientes al Grupo C de funcionarios.

1.2.- A las presentes pruebas les serán aplicables la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.

1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición.

1.4.- La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta preguntas con respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas correcta que versarán sobre la Parte General del Programa. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será sesenta minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la demostración práctica de la capacidad de los aspirantes para realizar las tareas de campo que les son propias. El Tribunal, determinará en el momento del examen, la duración del mismo.

Tercer ejercicio: Contestar por escrito en el tiempo máximo de dos horas a un tema escogido de entre los que figuran en la Parte Específica del Programa, "Conocimientos Específicos y Legislación de Medio Ambiente", y a un supuesto práctico sobre el mismo Grupo de materias. Para su realización, el Tribunal preparará tres sobres cerrados con un tema y un supuesto práctico en cada uno de ellos, para proceder a su sorteo en el momento del examen.

1.5.- El Tribunal Calificador adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que no deban ser leídos públicamente ante el Tribunal Calificador, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. Se excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

1.6.- El programa que ha de regir estas pruebas es el que figura como Anexo II a esta Orden.

Base 2.- Requisitos de los aspirantes.

2.1.- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Ser español.

  2. Tener cumplidos dieciocho años de edad.

  3. Estar en posesión del título de Formación Profesional de Segundo Grado: Rama Forestal o el título de Técnico Superior en Gestión y Organización de los Recursos Naturales y Paisajísticos.

  4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    En las pruebas selectivas se establecerán para las personas disminuidas que lo soliciten, adaptaciones de tiempo y medios para su realización, de forma que gocen en las mismas, de igualdad de oportunidades respecto de los demás aspirantes.

  5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    - Estar en posesión de los permisos de conducir A y B.

    2.2.- Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.

    Base 3.- Solicitudes.

    3.1.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas presentarán su solicitud en el impreso correspondiente, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, dirigido al Excmo. Sr. Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas.

    3.2.- La presentación de solicitudes se efectuará en el Servicio de Atención al Ciudadano de la Comunidad Autónoma de La Rioja, c/ Capitán Cortés, 1.- 26071.- Logroño, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las Representaciones Diplomáticas o Consulares Españolas.

    3.3.- Los impresos de solicitud serán facilitados gratuitamente, a quienes los soliciten en el Servicio de Atención al Ciudadano, c/ Capitán Cortés, 1.- 26071 Logroño o a través de la siguiente dirección de Internet: www.larioja.org/empleopublico.

    Derechos de examen: De conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/1992, de 9 de octubre: 4.000 pesetas, (24,04 Euros) que deberán ingresarse en la cuenta nº 2037 0070 74 01.042882.20 de Cajarioja.-, consignando: Comunidad Autónoma de La Rioja.- Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas.- Secretaría General Técnica.- Recaudación de Tasas. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de Cajarioja, o mediante transferencia a la cuenta corriente antes mencionada, desde cualquier otra entidad financiera.

    El interesado adjuntará a su solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

    Únicamente se admitirán aquellas solicitudes cuyos derechos de examen se hayan satisfecho dentro del plazo establecido en la Base 3.1.

    En ningún caso, el pago supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

    3.4.- En el apartado II de "Convocatoria", que figura en el modelo de solicitud, se consignará dentro del recuadro "Forma de acceso", la letra "L".

    En el apartado VI de "Datos a consignar según las bases de la Convocatoria", se indicará:

    - En el recuadro 1), los aspirantes con minusvalía deberán solicitar las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

    1. - En el recuadro 3), el permiso de conducir A y B.

    3.5.- Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación únicamente, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido por la Base 3.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

    Base 4.- Admisión de aspirantes.

    4.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Función Pública publicará en el Boletín Oficial de La Rioja, en...

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