Decreto 56/2001, de 28 de diciembre, por el que se asumen y distribuyen funciones y servicios de la Administración General del Estado en materia de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyDecreto

Por Real Decreto 1379/2001, de 7 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 308 de 25 de diciembre, se traspasan a la Comunidad Autónoma de La Rioja las funciones y servicios de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación, por lo que resulta necesario que el Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 m) de la Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en su redacción dada por la Ley 10/1995, de 29 de diciembre, proceda a su asunción y distribución.

En su virtud, el Gobierno, a propuesta del Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 28 de diciembre de 2001, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo 1

Quedan asumidos por la Comunidad Autónoma de La Rioja los bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios traspasados por la Administración del Estado en virtud del Real Decreto 1379/2001, de 7 de diciembre.

Artículo 2

Los bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios que se asumen, son los que figuran recogidos en el acuerdo de la Comisión Mixta prevista en la Disposición transitoria octava del Estatuto de Autonomía de La Rioja, suscrito con fecha 23 de noviembre de 2001, y que figura como anexo al Real Decreto 1379/2001, de 7 de diciembre.

Artículo 3

Las funciones y servicios asumidos, se adscriben a la Consejería de Hacienda y Economía.

Artículo 4

Los medios personales y créditos presupuestarios asumidos serán distribuidos por los órganos competentes, de conformidad con las facultades organizativas que establece el Decreto 20/2001, de 20 de abril, por el que se regula el ejercicio de competencias administrativas en desarrollo de la Ley 3/1995,de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

Se faculta al Consejero de Hacienda y Economía para la aplicación, desarrollo y ejecución de lo establecido en el presente Decreto

Disposición final segunda

El presente Decreto entrará en vigor el día 1 de enero de 2002.

En Logroño, a 28 de diciembre de 2001.- El Presidente, Pedro...

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