Orden 29/2006, de 18 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas en materia de formación en biblioteconomía

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte viene fomentando las actividades en materia de formación en biblioteconomía, por un lado como complemento a la titulación académica reglada, y por otro como nexo de unión entre esos estudios académicos y la práctica laboral, de modo que se facilite el acceso al mercado de trabajo, desempeñando un puesto de carácter técnico.

Al objeto de continuar desarrollando esa labor de formación y de conformidad con lo establecido en el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la presente Orden regula el procedimiento de concesión de las becas contenidas en la misma, que se complementará con las resoluciones de convocatoria anual en las que figurarán los datos específicos correspondientes a cada una de ellas.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Cultura y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Dispongo

Título único Becas para la formación en materia de biblioteconomía. Artículos 1 a 11
Artículo 1º Objeto.

Es objeto de la presente Orden establecer las bases reguladoras que habrán de regir la concesión de las becas destinadas a fomentar la formación profesional en materia de biblioteconomía, como complemento a la titulación académica universitaria de modo que se facilite el acceso al desempeño de un puesto de trabajo técnico en bibliotecas, mediante el aprendizaje directo de las tareas propias de la biblioteca.

Este aprendizaje se llevará a cabo en la Biblioteca de La Rioja y tendrá la duración que se establezca en la Resolución anual de convocatoria.

Al objeto de garantizar adecuadamente la realización de las actividades formativas del beneficiario, la Dirección de la Biblioteca designará un tutor.

Artículo 2º Beneficiarios y requisitos que deben reunir.

Podrán ser beneficiarios de estas becas quienes reúnan las siguientes condiciones:

- Estar en posesión de un Título de grado superior o medio universitario en la rama de Humanidades, obtenido con una antigüedad no superior a cinco años respecto a la fecha de convocatoria.

- Estar empadronado en algún Municipio de La Rioja, con anterioridad a la fecha de convocatoria anual de la becas.

Artículo 3º Solicitudes: forma y plazo.
  1. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución anual de convocatoria.

  2. El modelo oficial de solicitud, estará disponible en la Dirección General de Cultura (C./ Marqués de Murrieta, Nº 76, de Logroño), en el Servicio de Atención al Ciudadano (C./ Capitán Cortés, Nº 1, de Logroño) o a través de la página web del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org).

  3. Las solicitudes, que se ajustarán al modelo oficial que se publica como anexo I, podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte (C./ Marqués de Murrieta, Nº 76, de Logroño), en el Registro General de la Comunidad Autónoma de La Rioja (c/ Capitán Cortés, 1, Logroño); en cualquiera del resto de lugares previstos en el artículo 6 del Decreto 58/2004, de 29 de octubre, (que regula el registro en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos) o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

  4. Solamente serán admitidas a trámite aquellas solicitudes que reúnan todos los requisitos y documentación exigidos en la presente Orden.

    Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos en la presente Orden, se procederá a requerir al peticionario para que en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, procediendo en caso contrario...

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