Decreto 59/2006, de 27 de octubre, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a los funcionarios al servicio del Instituto de Estudios Riojanos

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, configura en su artículo 17 las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características. Asimismo, establece el carácter público y precisa el contenido necesario de las mismas.

Por Ley 4/2006, de 19 de abril, se crea el Instituto de Estudios Riojanos como organismo autónomo de carácter administrativo y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y que se adscribe a la Consejería competente en materia de cultura.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2 de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, una vez en vigor la Ley de creación del organismo, se aprobó por el Gobierno a propuesta del titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte los Estatutos del organismo

El Decreto 58/2006, de 27 de octubre, modifica la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte.

Las circunstancias anteriormente reseñadas hacen necesario proceder a la aprobación de la Relación de Puestos de trabajo de funcionarios y de personal laboral del Instituto de Estudios Riojanos, siguiendo los criterios que con carácter general rigen en esta materia en la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

El proyecto de Decreto ha sido negociado con las Organizaciones Sindicales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de la Administración Pública

En virtud de cuanto antecede, el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.7 de la Ley de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y previa deliberación de sus miembros en su reunión celebrada el día 27 de octubre de 2006, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo Único

Aprobar la relación de puestos de trabajo que figura como anexo al presente...

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