Decreto 75/2005, de 23 de diciembre, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al servicio de Servicio Riojano de Empleo

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, configura en su artículo 17 las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características. Asimismo, establece el carácter público y precisa el contenido necesario de las mismas.

Por Ley 2/2003, de 3 de marzo, se crea el Servicio Riojano de Empleo como organismo autónomo de carácter administrativo y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y que se adscribe a la Consejería de Hacienda y Empleo.

A solicitud del citado organismo autónomo se han modificado determinados puestos de trabajo, lo que hace necesario proceder a la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al servicio del Servicio Riojano de Empleo.

El proyecto de Decreto ha sido negociado con las Organizaciones Sindicales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de la Administración Pública

En virtud de cuanto antecede, el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 23 de diciembre de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.7de la Ley de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo Único

Aprobar la relación de puestos de trabajo que figura como anexo al presente Acuerdo.

Disposiciones Adicionales
Disposición Adicional Primera

El complemento de destino y complemento específico de los puestos base que no figuran contemplados expresamente en el Anexo I, será el establecido para el resto de puestos del personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el Decreto de Relación de Puestos de Trabajo que esté en vigor en su momento y se identificarán con el número de orden 9999.

Disposición Adicional Segunda

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