Decreto 70/1998, de 29 de diciembre, por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Desarrollo Autonomico, Administraciones Publicas y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

En orden a dar cumplimiento a lo dispuesto en la Disposición Adicional Novena del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en la Disposición Adicional Tercera del Acuerdo para el personal funcionario, se ha suscrito un Acuerdo entre la Administración Pública del Gobierno de La Rioja y las Centrales Sindicales integrantes de la Comisión Paritaria de Interpretación y Seguimiento del Convenio-Acuerdo.

El objeto del citado Acuerdo ha sido el de plasmar los resultados de la negociación llevada a cabo durante el año 1998 en lo que respecta a la distribución del fondo correspondiente al citado ejercicio.

Dentro de los compromisos adquiridos por la Administración en el citado Acuerdo se encuentra la modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo con arreglo a los criterios que figuran en el propio Acuerdo y en el Anexo I del mismo.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta, del Consejero de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 29 de diciembre de 1998, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.7 de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda aprobar el siguiente

DECRETO

Artículo único

Se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que figura como Anexo I al presente Decreto.

Disposiciones Adicionales
Disposición adicional primera

Los puestos base que no figuran contemplados expresamente en el Anexo I, tienen asignado el complemento de destino y el complemento específico que figura en el Anexo II. Dichos puestos se identificarán por la Consejería, Dirección General y Centro, con el número de orden 999.

Disposición adicional segunda

Los Funcionarios Interinos y los Funcionarios de Carrera de nuevo ingreso ocuparán un puesto base que a excepción de los que figuran en el Anexo II, tendrán atribuido el complemento de destino mínimo que tiene asignado el cuerpo al que pertenezca y un complemento específico mínimo de 43.752 Pts. Anuales. Dichos puestos se identificarán por la Consejería, Dirección General y Centro, con el número de orden 888.

Disposición adicional tercera

Los puestos de trabajo que figuran en el presente Decreto, serán desempeñados con carácter general, por Funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como por Funcionarios que en la actualidad se encuentren desempeñando con carácter definitivo un puesto en la misma. Excepcionalmente, determinados puestos podrán ser cubiertos por funcionarios de otras Administraciones Públicas, de acuerdo con lo que se establezca en las respectivas bases de convocatoria.

Disposición adicional cuarta

El presente Decreto tiene efectos económicos y administrativos desde el 1 de enero de 1998, o en su caso, desde la fecha de toma de posesión posterior, para todos aquellos puestos ocupados en la fecha de su aprobación, así como para todos aquellos puestos desempeñados porfuncionarios de carrera o personal laboral fijo durante 1998. No procederá la liquidación de diferencias cuando se hubieran percibido otras retribuciones que, mediante el presente Decreto, se integren en los actuales complementos de destino, específico y de puesto.

Disposición adicional quinta

Los cambios de denominación de puestos de trabajo que no supongan alteración sustancial en sus contenidos fundamentales, no afectarán a la titularidad de los mismos.

Disposiciones Transitorias
Disposición transitoria primera

Los puestos de trabajo ocupados en la actualidad por personal transferido y en cuyas observaciones figura la palabra "INTEGRACIÓN" se consideran puestos a extinguir, por lo que, a medida que vayan quedando vacantes por cualquier circunstancia serán paulatinamente adecuados a las condiciones del conjunto de puestos de esta Administración, siempre atendiendo a las funciones y a las necesidades de la organización.

Disposición transitoria segunda

El personal que se encuentre prestando servicios en la actualidad y que a lo largo del presente año 1998 haya estado desempeñando un puesto de trabajo de los que se incrementan en el presente Decreto, o bien un puesto de trabajo que hubiera sido suprimido pero de similares características a los puestos que han experimentado un incremento de complementos mediante el presente Decreto, tendrán derecho a percibir las diferencias de complementos correspondientes a los periodos que hubieran desempeñado los mencionados puestos de trabajo.

Disposición derogatoria única

Queda derogado el Decreto 47/1998, de 17 de julio, y cuantas Disposiciones se opongan a lo regulado en el presente Decreto.

Disposiciones Finales
Disposición final primera

Se faculta a la Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente para dictar las Ordenes y Resoluciones pertinentes para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposición final segunda

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

En Logroño, a 29 de diciembre de 1998.- El Presidente, Pedro Sanz Alonso.- El Consejero de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, Manuel Arenilla Sáez.

Nº DENOMINACION Nº PUESTOS SISTEMA PROVISION C.D. GRUPO REQUISITOS COMPLEMENTO ESPECIFICOE OBSERVACIONES

PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

020200 SECRETARIA GENERAL PARA LA UNION EUROPEA

1 Jefe/a Servicio Gestión Fondos Comunitarios 1 CM 28 A 2361480

2 Jefe/a Negociado Fondos Comunitarios 1 CM 18 C/D 405396

CONSEJERIA DE DESARROLLO AUTONOMICO, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y MEDIO AMBIENTE

040100 SECRETARIA GENERAL TECNICA

1 Jefe/a Inspección General de Servicios 1 CM 28 A 2549400

2 Jefe/a Servicio Coordinación 1 CM 28 A 2549400

3 Jefe/a Servicio Información, Calidad y Evaluación 1 CM 28 A 2549400

4 Letrado Jefe/a Asesoría Jurídica 1 CM 28 A LICENCIADO EN DERECHO 2549400

5-7 Auditor de Gestión 3 CM 26 A CUERPO TECNICO A.G. 1651272

8 Jefe/a Oficina Atención Ciudadano y Registro General 1 CM 24 A/B 1499112

9 Jefe/a Sección Interior, Autorizaciones y Sanciones 1 CM 24 A/B 1293744

10 Coordinador/a de Archivos 1 CM 24 A 1221744

11 Jefe/a Sección Archivo, Documentación y Publicaciones 1 CM 24 A/B 1194840

12 Jefe/a Sección Secretariado Consejo Gobierno 1 CM 24 A/B 1194840

13 Jefe/a Sección Asistencia Jurídica Medioambiental 1 CM 24 A LICENCIADO EN DERECHO 1088544

14 Jefe/a Sección Gestión Administrativa Medioambiental 1 CM 24 A/B 1088544

15 Jefe/a Sección Planificación y Control Informático de la Administración 1 CM 24 A/B 1088544

16 Jefe/a Sección Presupuestaria y Régimen Interior 1 CM 24 A/B 1088544

17 Jefe/a Sección Secretariado Comisión Coordinación Administrati 1 CM 24 A/B 1088544

18 Jefe/a Sección Secretariado Comisión Mixta Transferencias 1 CM 24 A/B 1088544

19-22 Asesor Jurídico 4 CM 22 A LICENCIADO EN DERECHO 984240

23 Responsable Programa Telecomunicaciones 1 CM 22 A 907512

24 Responsable Unidad Audiovisuales 1 CM 22 B/C 615996 J.I.

25-26 Técnico Superior de Apoyo 2 CM 22 A CUERPO TECNICO A.G. 614652

27 Periodista 1 CM 22 A LDO.CIENCIAS DE LA INFORMACION 211344

28 Técnico A.G. 1 CM 22 A 211344

29 Responsable Area Atención Ciudadano y Registro General 1 CM 20 B/C 751632 J.P.

30 Responsable B.O.R. Imprenta 1 CM 20 B/C 521856

31 Técnico en Documentación 1 CM 20 B 429840

32 Gestión 1 CM 20 B 343800 INTEGRACION

33 Gestión A.G. 1 CM 20 B 120468

34 Secretario/a Consejero 1 I 18 D 770556 J.P.

35 Ayudante Registro 1 CM 18 C/D 635004 J.P.

36 Jefe/a Negociado Coordinación Legal e Institucional 1 CM 18 C/D 440208

37 Secretario/a Secretario General Técnico 1 LD 18 C/D 440208

38-39 Ayudante Administrativo 2 CM 18 C/D 405396

40-41 Ayudante Asesoría Jurídica 2 CM 18 C/D 405396

42 Ayudante B.O.R. lmprenta 1 CM 18 C/D 405396

43-45 Ayudante de Auditoria de Gestión 3 CM 18 C/D 405396

46-47 Jefe/a Negociado Administrativo 2 CM 18 C/D 405396

48 Jefe/a Negociado Archivo General 1 CM 18 C/D 405396

49 Jefe/a Negociado Documentación y Publicaciones 1 CM 18 C/D 405396

50 Jefe/a Negociado Gestión Presupuestaria 1 CM 18 C/D 405396

51 Jefe/a Negociado Oficina Presupuestaria y Control del Gasto 1 CM 18 C/D 405396

52 Jefe/a Negociado Personal 1 CM 18 C/D 405396

53 Jefe/a Negociado Recursos y Sanciones 1 CM 18 C/D 405396

54 Jefe/a Negociado Régimen Interior 1 CM 18 C/D 405396

55-56 Ayudante Archivo 2 CM 18 B 319812

57 Administrativo Información 1 CM 16 C 515604 J.P.

58 Secretario/a 2ª 1 CM 16 C 234312 INTEGRACION

59-60 Administrativo A.G. 2 CM 16 C 112320

61-62 Auxiliar de Apoyo N 15 2 CM 15 D 510060 J.P.

63-65 Auxiliar de Apoyo N 15 3 CM 15 D 204204

66 Encargado Mantenimiento 1 CM 14 E 566520 J.I.

67 Regente 1 CM 14 D 332544 J.I. y Obl. Res.

68 Jefe/a Equipo de Telefonistas (A Extinguir) 1 CM 14 D 244020 J.I.

69 Auxiliar A.G. 1 CM 14 D 112320

70 Subalterno (A Extinguir) 1 CM 14 D 112320

71 Conserje Mayor 1 CM 13 E 429708 J.P.

72-74 Telefonista 3 CM 13 E 311712 J.I.

75 Subalterno 1 CM 12 E 409296 MANIPULAC. DE CORREO

76-79 Subalterno 4 CM 12 E 300996 J.I.

80 Vigilante Nocturno 1 CM 12 E 207000

81 Operario 1 CM 12 E 204204 A.J.

82-84 Auxiliar A.G. 3 CM 12 D 112320

85-87 Subalterno 3 CM 12 E 112320

88 Subalterno 1 CM 10 E 112320

89-90 Operario 2 CM 10 E 204204 A.J.

91 Operario 1 CM 10 E 112320

92 Operario de Mantenimiento 1 CM 10 E 112320

040200 DIRECCION GENERAL DE LA FUNCION PUBLICA

1 Jefe/a Servicio Gestión y Registro de Personal 1 CM 28 A 2549400

2 Jefe/a Servicio Programación de Efectivos 1 CM 28 A 2549400

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