Decreto 54/2009, 17 de julio, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Fecha de Entrada en Vigor28 de Julio de 2009
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, configura en su artículo 17 las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la función pública,determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características. Asimismo, establece su carácter público y precisa el contenido necesario de las mismas.

A través de sucesivos Decretos se ha producido la modificación de las estructuras orgánicas de las Consejerías de Administraciones Públicas y Política Local; Salud; Servicios Sociales; Industria, Innovación y Empleo; Vivienda y Obras Públicas; Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial.

Por otro lado, se han suprimido de la relación de puestos de trabajo aquellos puestos que son de provisión indistinta por funcionarios de carrera o personal eventual, parte de los cuales han pasado a formar parte del vigente Catálogo de Personal Eventual, aprobado por Consejo de Gobierno con fecha 30 de junio de 2009.

Las circunstancias anteriores hacen que resulte conveniente modificar la relación de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al objeto de reflejar las modificaciones propuestas, así como las variaciones que se constatan en las nuevas estructuras de las Consejerías, y así recoger los puestos de nueva creación y suprimir aquellos que la organización aconseja.

El Proyecto de Decreto ha sido negociado con las Organizaciones Sindicales, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo IV del Titulo III de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Por todo ello el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local y previa delibración de sus miembros, en su reunión celebrara el día 17 de julio de 2009, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo Único

Se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que figura como Anexo I al presente Decreto.

Disposiciones Adicionales
Disposición Adicional Primera

Los puestos base que no figuran contemplados expresamente en el Anexo I, tienen asignado el complemento de destino y el complemento específico que figura en el Anexo II. Dichos puestos se identificarán por la Consejería, Dirección General y Centro, con el número de orden 9999.

Disposición Adicional Segunda

Los puestos de trabajo en cuyos requisitos se establece "docente" deberán ser desempeñados en exclusiva por funcionarios pertenecientes a cuerpos docentes. El resto de puestos de trabajo de funcionarios que figuran en el presente Decreto, serán desempeñados, con carácter general por funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, no docentes, así como por funcionarios que en la actualidad se encuentran desempeñando con carácter definitivo un puesto en la misma. Excepcionalmente, determinados puestos podrán ser cubiertos por funcionarios de otras Administraciones Públicas o por funcionarios docentes, de acuerdo con lo que se establezca en las respectivas bases de convocatoria.

Disposición Adicional Tercera

En los puestos que se requiere como requisito la pertenencia al cuerpo de funcionarios docentes, la cuantía que se refleja en el complemento específico es la correspondiente al complemento específico singular, teniendo derecho al percibo del resto de retribuciones reglamentariamente establecidas para los funcionarios docentes.

Disposición Adicional Cuarta

Los cambios de denominación de puestos de trabajo que no supongan alteración sustancial en sus contenidos fundamentales, no afectarán a la titularidad de los mismos

Disposición Transitoria Única

Los puestos de trabajo ocupados en la actualidad por personal transferido y en cuyas observaciones figura la palabra "Integración" se consideran puestos a extinguir, por lo que, a medida que vayan quedando vacantes por cualquier circunstancia serán paulatinamente adecuados a las condiciones del conjunto de puestos de esta Administración, siempre atendiendoa las funciones y a las necesidades de la organización.

Disposición Derogatoria Única

Queda derogado el Decreto 26/2009 de 5 de junio, y cuantas Disposiciones se opongan a lo regulado en el presente Decreto.

Disposiciones Finales
Disposición Final Primera

Se faculta a la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local para dictar las Órdenes y Resoluciones pertinentes para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el presente Decreto.

Disposición Final Segunda

Se habilita a la Dirección General de la Función Pública a mantener actualizadas las Relaciones de Puestos de trabajo, pudiendo realizar ajustes derivados de procesos de modificación de plantilla, modificación de Decretos de estructura, concursos de traslados, méritos, y redistribución de efectivos, actualización de complementos y en general plasmación de Acuerdos suscritos por esta Administración. Los ajustes que no sean reflejo expreso de lo establecido en norma legal o en Acuerdos aprobados por el Gobierno, se referirán única y exclusivamente a los puestos base.

A tal efecto, la Dirección General de la Función Pública publicará con la periodicidad que se estime conveniente, los Anexos I y II del presente Decreto con las actualizaciones que correspondan.

Disposición Final Tercera

El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

En Logroño, a 17 de julio de 2009.- El Presidente, Pedro Sanz Alonso.- El Consejero de Administraciones Públicas, Conrado Escolar Las Heras.

Anexo I

Relación de Puestos de Trabajo

Personal Funcionario

Núm Denominación Nº Puesto Prov. C.D. Grupo Requisitos C.Espec. Obs. 04 ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y POLITICA LOCAL 0401 SECRETARIA GENERAL TECNICA 040100 SECRETARIA GENERAL TECNICA 0003 JEFE/A SERVICIO COORDINACION ADMINISTRATIVA 1 LD 28 A1 25,115.76 0006 AUDITOR DE GESTION 4 CM 26 A1 17,699.16 0009 JEFE/A SECCION DE ARCHIVO 1 CM 24 A1 14,003.52 0013 JEFE/A SECCION ORDENACION DE LAS TELECOMUNICACIONES 1 CM 24 A1/A2 13,762.80 0014 JEFE/A SECCION PUBLICACIONES Y DOCUMENTACION 1 CM 24 A1/A2 13,762.80 0015 JEFE/A SECCION REGIMEN INTERIOR Y REGISTRO 1 CM 24 A1/A2 13,762.80 0022 TECNICO A.G. 3 CM 22 A1 7,220.16 0023 RESPONSABLE AREA ATENCION CIUDADANO Y REGISTRO GENERAL 1 CM 20 A2/C1 9,710.16 J.P. 0025 TECNICO EN DOCUMENTACION 1 CM 20 A2 7,917.12 0027 GESTION A.G. 1 CM 20 A2 5,768.88 0028 AYUDANTE ARCHIVO 2 CM 20 A2 5,768.88 0030 AYUDANTE REGISTRO 1 CM 18 C1/C2 8,468.16 J.P. 0032 SECRETARIO/A SECRETARIO GENERAL TECNICO 1 LD 18 C1/C2 6,930.48 0034 AYUDANTE AUDITORIA DE GESTION 3 CM 18 C1/C2 6,652.80 0040 ADMINISTRATIVO INFORMACION 1 CM 16 C1 8,085.12 J.P. 0041 AUXILIAR DE APOYO N 15 2 CM 15 C2 7,208.88 J.P. 0042 AUXILIAR DE APOYO N 15 1 CM 15 C2 5,549.76 0043 ENCARGADO MANTENIMIENTO 1 CM 14 E 7,597.80 J.I. 0044 ENCARGADO DE PERSONAL SUBALTERNO 1 CM 14 C2 5,787.60 J.I. 0048 TELEFONISTA 5 CM 13 E 5,321.04 J.I. 0049 SUBALTERNO 1 CM 13 E 6,319.68 MANIPULACION CORREO 0050 SUBALTERNO 8 CM 13 E 4,376.76 0059 AUXILIAR A.G. 7 CM 14 C2 4,449.84 0065 JEFE/A AREA DE PLANIFICACION, EVALUACION Y ORDENACION ADMINISTRATIV 1 CM 26 A1 17,699.16 0066 JEFE/A SECCION GESTION ADMINISTRATIVA Y PRESUPUESTARIA 1 CM 24 A1/A2 13,762.80 0067 AYUDANTE ADMINISTRATIVO 5 CM 18 C1/C2 6,652.80 0069 COORDINADOR DE ATENCION AL CIUDADANO 4 CM 20 A2/C1 9,710.16 A.J. 0070 AYUDANTE ATENCION AL CIUDADANO 10 CM 18 C1/C2 7,658.52 A.J. 0072 JEFE/A SERVICIO PLANIFICACION, EVALUACION Y ORDENACION 1 LD 28 A1 25,115.76 ABIERTO OTRAS ADMIN. 0073 JEFE/A SERVICIO DE ORGANIZACION, CALIDAD Y EVALUACION 1 CM 28 A1 25,115.76 0074 JEFE/A SERVICIO ATENCION AL CIUDADANO 1 CM 28 A1 25,115.76 0075 JEFE/A SECCION OFICINAS ATENCION AL CIUDADANO 1 CM 24 A1/A2 16,194.00 A.J. 0076 RESPONSABLE AREA ADMINISTRATIVA 1 CM 20 A2/C1 7,904.16 0402 DIRECCION GENERAL DE LA FUNCION PUBLICA 040200 DIRECCION GENERAL DE LA FUNCION PUBLICA 0001 DIRECTOR/A ESCUELA RIOJANA DE ADMINISTRACION PUBLICA 1 CM 28 A1 25,115.76 0002 JEFE/A SERVICIO PRESUPUESTOS Y COSTES DE PERSONAL 1 CM 28 A1 25,115.76 0003 JEFE/A SERVICIO PLANIFICACION Y ORDENACION DE LA FUNCION PUBLICA 1 CM 28 A1 25,115.76 0004 JEFE/A SERVICIO PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 1 CM 28 A1 25,115.76 0006 JEFE/A AREA ORDENACION DE LA FUNCION PUBLICA 1 CM 26 A1 17,699.16 0009 JEFE/A AREA ERGONOMIA Y PSICOSOCIOLOGIA 1 CM 26 A1 17,699.16 0010 JEFE/A AREA SEGURIDAD E HIGIENE 1 CM 26 A1 17,699.16 0011 COORDINADOR/A ASUNTOS JURIDICOS Y RECURSOS HUMANOS 1 CM 26 A1 17,699.16 0012 JEFE/A SECCION DE PERSONAL 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0013 JEFE/A SECCION NORMATIVA Y ASISTENCIA JURIDICA 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0015 JEFE/A SECCION FORMACION Y ESTUDIOS 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0016 JEFE/A SECCION NEGOCIACION COLECTIVA 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0017 JEFE/A SECCION SALUD LABORAL 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0018 JEFE/A SECCION PRESUPUESTOS Y SEGUIMIENTO 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0019 JEFE/A SECCION PROVISION DE PUESTOS DE TRABAJO 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0020 JEFE/A SECCION RETRIBUCIONES 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0021 JEFE/A SECCION SELECCION DE PERSONAL 1 CM 24 A1/A2 14,578.68 0022 RESPONSABLE PROGRAMA 1 CM 22 A1 12,580.08 0023 RESPONSABLE PROGRAMA 1 CM 22 A1/A2 11,463.24 0024 RESPONSABLE PROGRAMA SALUD LABORAL 1 CM 22 A2 ATS-DUE EMPRESA 11,284.20 0025 RESPONSABLE DEL REGISTRO DE PERSONAL 1 CM 22 A2/C1 11,284.20 0026 TECNICO A.G. 2 CM 22 A1 7,220.16 0027 GESTION DE APOYO 1 CM 20 A2 CUERPO DE GESTION DE A.G...

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