Resolución nº 1370/2012, de 27 de noviembre, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se procede a la aprobación de los mapas estrategicos de ruido de la red autonómica de La Rioja, que registran un volumen de tráfico de más de tres millones de vehículos al año
Sección | III. Otras disposiciones y actos |
Emisor | ConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente |
Rango de Ley | Resolución |
Antecedentes de hecho
Primero.- De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1513/2005 de 16 de abril, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental, la Dirección General de Calidad Ambiental ha identificado los tramos de carreteras de la red autonómica que registran un volumen de tráfico de más de tres millones de vehículos al año, siendo los siguientes:
Tramo | P.K. Inicio | P.K. Final | Longitud (m) |
LR-115 | 23+00060 | 26+00970 | 3.940 |
LR-131.1 | 0+00000 | 3+00800 | 3.820 |
LR-134 | 11+00250 | 16+00860 | 5.570 |
LR-250 | 0+00000 | 4+00150 | 4.160 |
TOTAL = | 17.490 metros |
Segundo.- Para el proceso de elaboración se han llevado a cabo jornadas de participacion como la de octubre de 2010, a la que asistieron representantes de nueve ayuntamientos, sitos en la zona de influencia de los mapas estratégicos de ruido y de la Dirección General de Obras Públicas y Transportes.
Tercero.- En febrero de 2012 se estableció un período de consulta de los proyectos de los mapas estratégicos de ruido y de los planes de acción, dirigido a la Dirección General de Obras Públicas y Transportes y a los Ayuntamientos implicados en el área de influencia de la zona de estudio, durante éste periodo se realizó una jornada de presentación de los mapas estratégicos de ruido. Consecuencia de todo ello, se recibieron observaciones del Ayuntamiento de Calahorra solicitando incorporar a los mapas estratégicos de ruido, varios sectores residenciales con plan parcial aprobado y de la Dirección General de Obras Públicas que proponia ampliar el estudio a otros tramos de carretera, aun no superando el volumen de trafico requerido.
Cuarto.- Para dar cumplimiento a lo dispuesto en al artículo 4 del Real Decreto 1513/2005 de 16 de abril, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental, se realizó el período de información pública preceptivo, junto con los Planes de Acción, mediante anuncio en el Boletín Oficial de La Rioja núm. 53 de 2 de mayo de 2012. Además, fue difundido en la prensa local. Transcurrido el plazo de exposición, se recibieron alegaciones del Ayuntamiento de Calahorra y del Ayuntamiento de Logroño, no siendo ninguna de ellas, motivo de modificación de los mapas estratégicos de ruido, manteniéndose vigentes los sometidos a información pública.
Quinto.- El informe del Servicio de Integración Ambiental de...
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