Decreto 21/2009, 30 de abril, por el que se declara el cese de actividades en el colegio rural agrupado de Casalarreina y se crea un colegio de educación infantil y primaria en dicha localidad
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Educacion, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en su artículo 111.2 que los centros públicos que ofrecen educación infantil y educación primaria se denominan colegios de educación infantil y primaria. La programación de esta oferta corresponde a las Administraciones educativas con el fin de garantizar el derecho de todos a la educación
El colegio de educación infantil y primaria se crea con el fin de atender las nuevas necesidades de escolarización surgidas en la localidad de Casalarreina y llevar a cabo, en su caso, la agregación de unidades al Colegio Rural Agrupado existente en la localidad de Castañares de Rioja, y ello partiendo de la configuración existente en estos momentos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, compete al Gobierno de La Rioja la creación y supresión de centros docentes públicos, correspondiendo al titular de la Consejería competente en materia de educación, hacer la oportuna propuesta. En el mismo sentido se pronuncia el artículo 2 del Decreto 49/2008, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas infantiles, de los colegios de educación primaria y de los colegios de educación infantil y primaria.
Con la creación de este Centro el Gobierno de La Rioja continúa sus actuaciones para hacer realidad la Red pública de centros docentes en los términos del artículo 3 del citado Decreto 49/2008, de 31 de julio.
La programación de las enseñanzas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja exige que la Administración educativa adopte las medidas conducentes a adecuar la oferta educativa a la demanda de puestos escolares, determinando las modificaciones necesarias en la estructura de la Red pública de centros docentes, al objeto de conseguir la máxima rentabilidad y eficacia de los recursos existentes en la Comunidad.
En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 30 de abril de 2009, acuerda aprobar el siguiente,
Decreto
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