Orden 15/2008, de 28 de marzo, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se convocan pruebas selectivas por el turno de promoción interna para la provisión de plazas vacantes del Cuerpo Técnico de Administración General (F.01/08-P)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyOrden

De conformidad con el artículo 5 y con la Disposición Adicional Segunda y Final Primera del Decreto 22/2008, de 29 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2008 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, esta Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.2.h) de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Técnico de Administración General. (F.01/08-P).

Bases de la convocatoria

Base 1.- Normas Generales.

1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir 7 plazas vacantes del Cuerpo Técnico de Administración General, pertenecientes al Grupo A, Subgrupo A1 de funcionarios, por el turno de promoción interna.

1.2.- A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Decreto 78/1991, de 28 de noviembre, de Provisión de Puestos de Trabajo, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, en cuanto no se opongan a la mencionada Ley 7/2007, el Decreto 22/2008, de 29 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2008, el Acuerdo para el personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja 2004-2007 y las Bases de esta Orden de convocatoria.

1.3.- El procedimiento de selección de los aspirantes constará de tres fases:

  1. Fase de Oposición.

  2. Fase de Concurso.

  3. Curso Selectivo.

    1.4.- La fase de oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios:

    Primer ejercicio: Constará de dos partes:

    En la primera parte, los aspirantes deberán desarrollar por escrito un tema, a escoger entre dos propuestos por el Tribunal, de actualidad política, económica o social de España y del ámbito internacional, relacionados aunque no estrictamente coincidentes con las materias del Programa.

    En la segunda parte, los aspirantes deberán desarrollar los epígrafes del Programa, que se propongan por el Tribunal.

    Para la realización de ambas partes, el Tribunal preparará tres sobres cerrados para proceder a su sorteo en el momento del examen.

    Los referidos sobres incluirán tanto los dos temas propuestos por el Tribunal, de actualidad política, económica o social de España y del ámbito internacional, relacionados aunque no estrictamente coincidentes con las materias del Programa, de los cuales los opositores escogerán uno, como los epígrafes del Programa propuestos por el Tribunal que deberán ser desarrollados por los aspirantes sin posibilidad de elección.

    Para el desarrollo de este ejercicio, los aspirantes que no pertenezcan al Cuerpo Gestión de Administración General dispondrán de un tiempo máximo de cuatro horas.

    Los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo Gestión de Administración General estarán exentos de la realización de la segunda parte del ejercicio. Estos aspirantes dispondrán para el desarrollodel mismo de un tiempo máximo de dos horas.

    La calificación de este ejercicio para los aspirantes no pertenecientes al Cuerpo Gestión de Administración General, será de 0 a 40 puntos en la primera parte y de apto o no apto en la segunda parte, siendo necesario obtener una calificación mínima de 20 puntos y apto para acceder al ejercicio siguiente.

    La calificación de este ejercicio para los aspirantes pertenecientes al Cuerpo Gestión de Administración General, que están exentos de realizar la segunda parte de la prueba, será de 0 a 40 puntos y deberán obtener una calificación mínima de 20 puntos en la valoración de la primera parte para poder acceder al ejercicio siguiente.

    El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

    Iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

    El Tribunal valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, la claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita.

    Segundo ejercicio: Consistirá en la exposición oral ante el Tribunal, durante un tiempo máximo de una hora, de cuatro temas del Programa, extraídos al azar en el momento del examen.

    De los cuatro temas, uno corresponderá al apartado "Ciencia Política. Derecho Constitucional. Organización Política y Administrativa"; otro a los apartados "Estructura Económica y Social. Administración Económica" y "Relaciones Internacionales y Unión Europea"; otro al apartado "Derecho Administrativo" y otro al apartado "Ciencia de la Administración y Gestión Pública".

    Los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de Administración General, expondrán sólo tres temas, no incluyéndose la parte correspondiente a "Ciencia Política. Derecho Constitucional. Organización Política y Administrativa". La exposición oral, en este caso, tendrá una duración máxima de cuarenta y cinco minutos.

    Con carácter previo a la exposición, y después de la extracción de los temas, y con un tiempo máximo de diez minutos el aspirante podrá elaborar, si así lo determina el Tribunal Calificador, y en presencia del mismo, un guión que podrá utilizar en el desarrollo de su exposición, consultando para ello exclusivamente el Programa de la oposición.

    Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    El Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

    El Tribunal para la valoración de esta parte del ejercicio tendrá en cuenta, el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la sistemática, así como las conclusiones expuestas y la claridad de ideas.

    La valoración de este ejercicio será de 0 a 80 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 40 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

    Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, relacionado con las materias del Programa, durante un tiempo máximo de tres horas.

    El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal, por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

    Iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

    Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un plazo máximo de diez minutos.

    El Tribunal valorará el rigor analítico, el conocimiento teórico de las materias desarrolladas, la capacidad de síntesis, así como las conclusiones expuestas, la claridad de ideas y la corrección de la expresión escrita.

    La valoración de este ejercicio será de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 20 puntos, para acceder al siguiente ejercicio.

    Este ejercicio podrá ser superado por un número superior de aspirantes al de plazas convocadas

    Cuarto ejercicio: De carácter obligatorio pero no eliminatorio: consistirá en la traducción directa, sin diccionario, de un texto de extensión no superior a una página relativo a materias de interés para la Unión Europea o para la Comunidad Autónoma de La Rioja, propuesto por el Tribunal, en uno de los siguientes idiomas, elegido por el aspirante en su solicitud:

    - Inglés.

    - Francés.

    El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuarenta y cinco minutos.

    El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, previo señalamiento de lugar, fecha y hora. Para la verificación de este ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.

    La valoración de este ejercicio será de 0 a 5 puntos.

    En todos los ejercicios las puntuaciones que se señalan resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos fijados por el Tribunal Calificador.

    Finalizada esta fase de oposición, de conformidad con la Base 7.2 de esta Orden de convocatoria, se realizará la valoración de los méritos correspondientes a la fase de concurso a aquellos aspirantes que figuren en la relación de aprobados del cuarto ejercicio.

    1.5.- En la fase de concurso, se valorarán, conforme a la Base 7.2, los servicios efectivos prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, así como el nivel de complemento de destino, y las puntuaciones que en ella se obtengan se sumarán a las de los ejercicios de la fase de oposición para determinar la puntuación y la relación de aprobados de las fases de oposición y concurso. Los puntos obtenidos en la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

    En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. Si persistiese el empate, éste se dirimirá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio. Si continuara el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio. Si se mantiene la situación de empate, éste se dirimirá teniendo en cuenta la mayor puntuación obtenida en el cuarto ejercicio...

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