Orden 46/2006, de 11 de abril, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se nombra funcionario de carrera del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Geólogo) (F.06/05).

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyOrden

Por Orden 78/2005, de 13 de julio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, se convocaron pruebas selectivas para la provisión de una plaza vacante del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Geólogo) (F.06/05).

Vista la propuesta formulada por el Tribunal que determina la Base 7.2 de la citada Orden y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y en la Base 9 de la Orden 78/2005, de 13 de julio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local.

Por todo ello vengo a disponer:

Primero.- Nombrar funcionario de carrera del Cuerpo Facultativo Superior de Administración Especial (Geólogo) al aspirante que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden 78/2005, de 13 de julio, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local y que se relaciona en el Anexo a esta Orden.

Segundo.- La toma de posesión deberá efectuarla ante el Ilmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de La Rioja.

Tercero.- Este destino tendrá carácter definitivo equivalente a todos los efectos al obtenido por concurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2. del Decreto 78/1991, de 28 de noviembre.

Cuarto.- La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición, ante el Excmo. Sr. Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses a...

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