Orden 15/2010, de 29 de abril, de la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto vacante en la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja (LD.02/10)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyOrden

Conforme a lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Decreto 78/1991, de 28 de noviembre, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y el vigente Decreto por el que se aprueban las Relaciones de Puestos de Trabajo correspondientes a los funcionarios y al personal laboral al servicio de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Esta Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, acuerda anunciar la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo a la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Podrán participar en la presente convocatoria los funcionarios de carrera de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, no docentes, del Grupo/Subgrupo C1 y C2.

Segunda.- Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán presentar solicitud en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, dirigida al Excmo. Sr. Consejero de Administraciones Públicas y Política Local. La presentación de solicitudes deberá efectuarse exclusivamente por procedimientos telemáticos, en la medida que los medios técnicos disponibles lo permitan, a través de la siguiente dirección de Internet del Gobierno de la Rioja: www.larioja.org/empleados.

Tercera.- En las solicitudes, en el apartado "observaciones" se expresarán todos los méritos y circunstancias que los interesados deseen poner de manifiesto. No obstante, los participantes deberán acompañar de forma presencial esos méritos, que se remitirán a la Consejería de Administraciones Públicas y Política Local, a través de la Dirección General de Función Pública, mediante los registros legalmente establecidos.

Cuarta.- La selección de los solicitantes se efectuará mediante la apreciación libre de los méritos que se acrediten y de sus condiciones personales y profesionales para el desempeño de las correspondientes funciones, pudiendo declararse desierta la provisión aunque haya candidatos que reúnan los requisitos exigidos.

Quinta.- El Consejero de Administraciones Públicas y Política Local resolverá la convocatoria, a propuesta del Consejero...

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