Acuerdo iniciación expediente sancionador nº: 1275/2011

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorDelegacion del Gobierno en la Rioja
Rango de LeyAcuerdo

De conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y para que sirva de notificación a D. Cosmin Alin Debeleanu (D.N.I./N.I.E .: X3428260H), al no haber sido ésta posible, tras haberse intentado en el último domicilio conocido en la localidad de Logroño (La Rioja), se hace público que esta Delegación del Gobierno ha acordado iniciar, con fecha 01/04/2011, el expediente sancionador nº 1275/2011, por presunta infracción de lo establecido en el Art. 23.a) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre protección de la Seguridad Ciudadana (B.O.E. de 22/02/92), en relación con el Art. 146 del Reglamento de Armas, Real Decreto 137/1993, de 29 de enero (BOE del 5 de marzo), sancionable con multa de 300,52 a 30.050,61 euros e incautación del arma, advirtiéndole de su derecho a formular y proponer, en el plazo de quince días a partir del siguiente a la publicación del presente edicto, cuantas alegaciones y pruebas estime convenientes en su defensa.

Durante dicho plazo se encuentra a su disposición el expediente referido en la sede de este centro sita en la calle Muro de la Mata, 3 de esta capital, a fin de que pueda conocer su contenido íntegro (artículo 61 de la Ley 30/1992).

Asimismo, se le advierte que en el caso de no efectuar alegaciones, el presente acuerdo podrá ser considerado propuesta de resolución, a tenor de lo previsto en el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del día 9)...

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