Decreto 47/2011, de 6 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Fecha de Entrada en Vigor | 7 de Julio de 2011 |
Sección | I. Disposiciones Generales |
Emisor | ConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto del Presidente 3/2011, de 27 de junio, por el que se modifica el número, denominación y competencias de las consejerías de la Administración General de La Comunidad Autónoma de La Rioja crea la Consejería Obras Públicas, Política Local y Territorial. Para dar cumplimiento a esta decisión, se hace necesario establecer una estructura que responda a los principios de eficacia y servicio al ciudadano resultando obligado, de una parte, asegurar la coordinación de los servicios con economía de medios y articular una organización administrativa que permita alcanzar los objetivos marcados, y de otra, atribuir funciones a los diferentes órganos de la Consejería.
En su virtud, a iniciativa del Consejero de Obras Públicas, Política Local y Territorial, a propuesta de la Consejera de Administración Pública y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 6 de julio de 2011 acuerda aprobar el siguiente
Decreto
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La Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial es el órgano de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja al que le corresponden las competencias en materia de vivienda, carreteras y transportes, agua, urbanismo y minas; Administración Local y asistencia a municipios; así como cualquier otra afín a las descritas que se le atribuya por las disposiciones normativas.
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Para el ejercicio de sus competencias la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, se estructura en los siguientes órganos directivos:
- Secretaría General Técnica
- Dirección General de Obras Públicas y Transportes
- Dirección General de Política Local
- Dirección General de Urbanismo y Vivienda
Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:
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Servicio de Coordinación
1.1 Área de Planificación, Gestión y Seguimiento Administrativo
1.1.2. Sección de Gestión Económica
1.1.3. Sección de Asistencia Técnica
1.1.4. Parque Móvil
Integran la Dirección General de Obras Publicas y Transportes las siguientes unidades administrativas:
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Servicio de Planificación de Infraestructuras de Carreteras
1.1. Área de Planificación y Proyectos
1.1.1. Sección de Apoyo Técnico
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Servicio de Gestión de Carreteras
2.1. Área de Construcción y Conservación
2.1.1. Sección de Conservación y Explotación
2.1.2. Sección de Laboratorio
2.1.3. Sección de Dirección de Obras
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Área de Gestión Administrativa
3.1. Sección de Gestión y Autorizaciones
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Servicio de Transportes
4.1. Área de Inspección y Gestión
4.2. Sección de Planificación y Ordenación
4.3 Sección de Explotación e Infraestructuras
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Servicio de Obras Hidráulicas
5.1. Sección de Gestión Hidráulica
5.2. Sección de Conservación y Explotación de Presas
Integran la Dirección General de Política Local las siguientes unidades administrativas:
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Servicio de Asesoramiento a Corporaciones Locales
1.1. Área de Asistencia a la Administración Local
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Servicio de Modernización de la Administración Local
2.1. Área de Procesos de Modernización
Integran la Dirección General de Urbanismo y Vivienda las siguientes unidades administrativas:
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Servicio de Urbanismo
1.1. Área de Gestión e Inspección Urbanística
1.1.1. Sección de Usos y Autorizaciones en Suelo no Urbanizable
1.1.2. Sección de Inspección Urbanística
1.1.3. Sección de Gestión Urbanística
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Servicio de Ordenación del Territorio
2.1. Área de Planificación Territorial
2.1.1. Sección de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía
2.1.2.. Sección de Ordenación Minera
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Servicio de Vivienda
3.1. Sección Vivienda y Calidad en la Edificación
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Servicio de Inspección, Ordenación Y Planes
4.1. Sección de Financiación, Ayudas y Estadística
4.2. Sección de Rehabilitación
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Con carácter general corresponde a los órganos de la Consejería:
1.1. Al titular de la Consejería, las siguientes funciones:
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Las atribuidas por la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros
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Proponer al Consejero competente en materia de Administraciones Públicas el nombramiento y cese del personal eventual dependiente de su Consejería.
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Declarar:
- La nulidad de actos provenientes de los órganos inferiores de su Consejería y de los dictados por los órganos inferiores de los Organismos Públicos así como de los reglamentos que haya aprobado.
- La lesividad de los actos anulables dictados por su Consejería, con excepción de los dictados por él mismo, y por los organismos públicos que tenga adscritos.
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Resolver y plantear los requerimientos fundamentados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Resolver los procedimientos de responsabilidad patrimonial consecuencia de la actividad de su Consejería y, en su caso, de los Organismos Públicos que tuviese adscritos.
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Proponer al Gobierno la declaración de urgente necesidad y acordar la necesidad de ocupación, de acuerdo con la legislación de expropiación forzosa.
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La creación, modificación y supresión de los ficheros de carácter personal.
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Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, de sus Organismos Públicos y restantes entidades de derecho público con personalidad jurídica propia dependientes de la misma así como convocar y conceder subvenciones.
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Imponer las sanciones administrativas que las normas le atribuyan.
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Suscitar los conflictos de atribuciones con otras Consejerías.
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Cualquier otra que se atribuya por disposición legal o reglamentaria o le sea delegada o desconcentrada.
1.2 El Secretario General Técnico es la segunda autoridad de la Consejería, al que corresponden, bajo la dirección del Titular de la Consejería, las siguientes funciones:
1.2.1. En el ámbito de su Consejería:
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Las atribuidas en la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
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La asistencia técnica y administrativa al Consejero.
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Canalizar las comunicaciones de los órganos de la Consejería con otros organismos y entidades.
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La coordinación normativa y la asistencia jurídica y técnica a las unidades.
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La tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial y procedimientos de revisión relativos a las disposiciones y actos de la Consejería y de los organismos públicos a ella adscritos, cuya resolución competa al Titular de la Consejería.
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Instar las actuaciones necesarias para la ejecución de las decisiones judiciales que afecten a...
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