Decreto 46/2010, de 19 de agosto, por el que se regula la realización del concurso unificado de movilidad y el procedimiento de selección unificada de Policías Locales

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española en su artículo 148.1.22, atribuye a las Comunidades Autónomas «la coordinación y demás facultades en relación con las Policías Locales, en los términos que establezca una Ley Orgánica».

El artículo 8. uno. 36 del Estatuto de Autonomía de La Rioja atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de coordinación de las policías locales de La Rioja, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales.

En su virtud se ha dictado la nueva Ley de Coordinación de Policías Locales de La Rioja en la que se determinan los criterios básicos de selección, formación, promoción y movilidad de los miembros de las Policías Locales a lo largo de su Título VI.

El artículo 49.4 de dicha norma prevé la posibilidad de que los Ayuntamientos deleguen en la Consejería competente en materia de interior la convocatoria y gestión de todo o parte de los procesos selectivos para el ingreso como Auxiliar de Policía y para el ingreso al Cuerpo de Policía Local por la categoría de Policía. Asimismo se prevé la posibilidad de delegar la convocatoria y gestión de concursos unificados para garantizar la coordinación de los sistemas de acceso por el sistema de movilidad.

El presente Decreto pretende desarrollar esta previsión legal estableciendo las normas que hande regir el procedimiento para la realización por parte de la Consejería competente en materia de interior de forma unificada de los procesos selectivos para el ingreso como Auxiliar de Policía y para el ingreso al Cuerpo de Policía Local por la categoría de Policía de los municipios de La Rioja, así como de los concursos unificados para garantizar la coordinación de los sistemas de movilidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, oído el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 19 de agosto de 2010, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo 1 Objeto del Decreto.

El presente Decreto tiene por objeto establecer las normas que han de regir el procedimiento para la convocatoria y gestión unificada por la Consejería competente en materia de interior de los procesos selectivos para el ingreso como Auxiliar de Policía y para el ingreso al Cuerpo de Policía Local por la categoría de Policía, así como para la convocatoria y gestión de concursos unificados para garantizar la coordinación de los sistemas de movilidad.

Artículo 2 Delegación.
  1. Mediante Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento u órgano asimilado en su caso, las Entidades Locales podrán delegar en la Consejería competente en materia de interior, la competencia para la convocatoria y gestión de todo o parte de los procesos selectivos para cubrir vacantes en el cuerpo de Policía Local o, en su caso, de Auxiliar de Policía.

    Solamente en el caso de la delegación anterior, podrá delegarse también la convocatoria y gestión de concursos unificados para garantizar la coordinación de los sistemas de acceso por el sistema de movilidad.

  2. El Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, u órgano asimilado en su caso, habrá de fijar el alcance y contenido de la referida delegación. Dicho Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja para general conocimiento, previa aceptación de la delegación por el titular de la Consejería con competencia en materia de interior.

    El acuerdo de delegación hará mención expresa a que el número de plazas a convocar se incrementará con aquellas que se prevea que van a quedar vacantes como consecuencia del resultado del concurso de movilidad y de que pueda resultar aprobado en la primera fase del proceso selectivo, personal funcionario de carrera del cuerpo de Policía Local de su municipio

  3. La delegación de estas competencias implicará necesariamente la resolución por la Comunidad Autónoma de las reclamaciones, revisiones y recursos en vía administrativa que procedan.

  4. Las facultades delegadas serán ejercidas por el órgano de la entidad delegada conforme a las normas internas de distribución de competencias propias de dicha entidad.

    El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos, y medidas en general, jurídicas o técnicas, relativas a la convocatoria y gestión de los procesos selectivos que establece este reglamento, la normativa sobre Coordinación de Policías Locales de Comunidad Autónoma de La Rioja, y a las normas aplicables en materia de función pública.

Artículo 3 Normas Generales.
  1. Las Entidades Locales, tras acordar las plazas a convocar, con indicación expresa del número de plazas y de la escala y categoría a que pertenecen, darán traslado del Acuerdo a la Consejería competente en materia de interior, a los efectos previstos en los apartados siguientes.

  2. El ingreso como Auxiliar de Policía y el ingreso al Cuerpo de Policía Local por la categoría de Policía por el procedimiento de selección unificado...

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