Orden 09/2012 de 13 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, por la que se regula el procedimiento para la acreditación de la formación de nivel básico en Prevención de Riesgos Laborales para el alumnado que haya superado el módulo de Formación y Orientación Laboral del título de Técnico o Técnico Superior de Formación Profesional del sistema educativo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejerÍA de EducaciÓN, Cultura y Turismo
Rango de LeyOrden

El artículo 3.d) del Decreto 44/2010, de 6 de agosto, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo y su aplicación en la Comunidad Autónoma de La Rioja determina que las enseñanzas de Formación Profesional tienen entre sus objetivos trabajar en condiciones de seguridad y salud, así como prevenir los posibles riesgos derivados del trabajo.

Dentro de la FPI se potencia la obtención de la certificación para el ejercicio de funciones que corresponden a todos los trabajadores de la empresa y que se engloban dentro del nivel básico de la actividad preventiva. Entre estas funciones figuran las actuaciones preventivas básicas, la realización de evaluaciones elementales de riesgos y en su caso, el establecimiento de medidas preventivas del mismo carácter compatibles con su grado de formación, así como la actuación en caso de emergencia y primeros auxilios.

El artículo 5.2 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, indica que las Administraciones Públicas deben promover la mejora de la educación en materia preventiva en los diferentes niveles de enseñanza. Por su parte, el artículo 35 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, dispone que la formación mínima prevista para el desarrollo de funciones de nivel básico en prevención de riesgos laborales se acreditará mediante certificación de formación específica en esa materia, la emitida por un servicio de prevención o por una entidad pública o privada con capacidad para desarrollar actividades de dicha formación.

El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo establece en su artículo 23 que el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral incorporará la formación en la prevención de riesgos laborales, sin perjuicio de su tratamiento transversal en otros módulos profesionales, según lo exija el perfil profesional y que su formación capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes...

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