Orden 27/2008, de 20 de octubre de 2008, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se convocan ayudas para sufragar total o parcialmente los gastos de locomoción y transporte de los alumnos de Formación Profesional del sistema educativo, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y los Programas de Garantía Social de los centros docentes públicos y privados concertados de La Rioja

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación establece en su artículo 42.2 que el currículo de las enseñanzas de Formación Profesional incluirá una fase de formación práctica en centros de trabajo.

En cumplimiento de lo dispuesto en la citada ley, el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la Ordenación General de la Formación Profesional del Sistema Educativo, establece en el artículo 11 la inclusión en el currículo de las enseñanzas de Formación Profesional, de un módulo de formación en centros de trabajo.

La realización de este módulo ocasiona a los alumnos unos gastos, fundamentalmente de desplazamiento al centro de trabajo. En virtud del artículo 11 del citado Real Decreto, el módulo no tendrá carácter laboral por lo que no generará compensación económica para el alumno. Sin embargo, ello no obsta para que, en función de las disponibilidades presupuestarias, los gastos de los alumnos puedan ser compensados a través de subvenciones otorgadas mediante la correspondiente convocatoria.

Considerando que las prácticas en empresas tienen gran valor didáctico y pedagógico, por poner al alumnado en contacto con el mundo sociolaboral en el que va a desarrollar su vida profesional, el interés social de esta ayuda viene justificado por la finalidad que cumple la formación práctica en empresas de fomentar el empleo, al interrelacionar eficazmente el sistema educativo con el mercado de trabajo, estableciendo vías de cooperación, comunicación y permeabilidad entre ambos, a través de la Formación Profesional, permitiendo afrontar con garantías de éxito la inserción en el mundo laboral del alumnado.

La presente Orden tiene por objeto materializar el principio de gratuidad de enseñanza, dentro del marco normativo establecido por la normativa aplicable en materia de subvenciones en la Comunidad Autónoma de La Rioja y, en concreto, al amparo del procedimiento establecido en el apartado segundo del artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En consecuencia, a propuesta del Director General de Universidades y Formación Permanente, previos los trámites preceptivos, el Consejero de Educación, Cultura y Deporte, haciendo uso de las facultades legalmente conferidas,

Dispone

Artículo 1 Objeto
  1. - Es objeto de la presente Orden la regulación, así como la convocatoria de ayudas económicas en régimen de concesión directa para sufragar, total o parcialmente, los gastos corrientes de locomoción y transporte para la realización de prácticas formativas en centros de trabajo, destinadas al alumnado de centros sostenidos con fondos públicos, de Formación Profesional del sistema educativo, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y los Programas de Garantía Social, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 2 Beneficiarios y requisitos.
  1. - Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los alumnos de Formación Profesional del sistema educativo, Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y los Programas de Garantía Social que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

    * Haber realizado el periodo de formación práctica en empresas durante los cursos académicos 2005/06, 2006/07 ó 2007/08, estando matriculado en alguno de los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    * Haber realizado el periodo de formación práctica en empresas durante el curso académico 2007/08, estando matriculado en alguno de los centros públicos de la Comunidad Autónoma deLa Rioja.

  2. - Las prácticas formativas en centros de trabajo, deberán haberse realizado previa suscripción de convenios específicos de colaboración para la realización de la formación en centros de trabajo y prácticas formativas en empresas e instituciones colaboradoras.

Artículo 3 Plazos y lugar de presentación de solicitudes.
  1. - Los alumnos que reúnan los requisitos para participar en esta convocatoria, podrán presentar la correspondiente solicitud de ayuda económica según el modelo normalizado que se incluye como Anexo I a la presente disposición, desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden hasta el día 7 de noviembre de 2008.

  2. - Las solicitudes deberán presentarse en el centro educativo donde el alumno se encontraba...

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