Decreto 2/2006, de 13 de enero, por el que se crea el Registro de Empresas de Inserción Sociolaboral de La Rioja y se regulan los requisitos para la calificación e inscripción en dicho Registro

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda y Empleo
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de La Rioja instan a los poderes públicos a facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social de nuestro país, lo que conlleva la necesidad de establecer los cauces que faciliten esta participación, y de manera especial la de aquellas personas que por diversas circunstancias se encuentren en situación de dificultad.

En cumplimiento de dichas previsiones, mediante la Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral, se estableció en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el marco regulador de la intervención sociolaboral y de las actuaciones para la mejora de la ocupabilidad de las personas en situación o grave riesgo de exclusión social.

Entre las actuaciones reguladas por la Ley, en el Capítulo IV, artículos 21 a 24, se regulan las Empresas de Inserción, contempladas como iniciativas que combinan la lógica empresarial con metodologías que hacen posible la inclusión de personas en los procesos de inserción laboral en la propia empresa, para pasar posteriormente a una empresa ajena o a proyectos de autoempleo.

La Ley de Inserción Sociolaboral contempla la creación de un Registro, adscrito a la Consejería competente en materia de empleo, en el que se harán constar aquellos hechos, actos y situaciones jurídicas que se determinen reglamentariamente.

A través del presente Decreto se realiza el desarrollo reglamentario previsto en la Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral, mediante la creación del correspondiente registro administrativo de Empresas de Inserción que otorgará publicidad y garantía del cumplimiento de los requisitos adecuados por parte de esta modalidad de intervención sociolaboral para el acceso a los programas de ayudas y subvenciones que puedan establecerse por el Gobierno de La Rioja.

En su virtud el Consejo de Gobierno, en uso de la potestad reglamentaria establecida en el artículo 46 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros y de acuerdo con la habilitación normativa establecida en la Disposición Final Segunda de la Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral, oído el Consejo Consultivo, a propuesta del Consejero de Hacienda y Empleo y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 13 de enero de 2006, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo 1 Creación y adscripción orgánica.
  1. El presente Decreto tiene por objeto crear, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el registro administrativo público que permita la inscripción de las Empresas de Inserción, en cumplimiento de lo previsto en la Ley 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral, así como los requisitos para la calificación e inscripción en el mismo.

  2. El registro se denominará Registro de Empresas de Inserción de La Rioja y estará adscrito a la Consejería competente en materia de empleo y relaciones laborales.

Artículo 2 Objeto y fines.
  1. El Registro tiene por objeto la calificación e inscripción de las Empresas de Inserción definidas en el artículo 21 de la Ley 7/2003, de 26 de marzo de Inserción Sociolaboral, con domicilio social en la Comunidad Autónoma de La Rioja y que desarrollen su actividad en su ámbito territorial, así como la certificación de dicha calificación e inscripción.

  2. La inscripción en el Registro de Empresas de Inserción de La Rioja no tendrá efectos constitutivos para las empresas calificadas e inscritas, ni supondrá alteración de su naturaleza jurídica.

  3. La inscripción en el Registro que se crea producirá los efectos de constancia y publicidad respecto de los actos y datos de los que trae causa. Además, la inscripción será condiciónnecesaria previa para que una Empresa de Inserción pueda acceder a los programas de ayudas y subvenciones que el Gobierno de La Rioja establezca y articule para este tipo de empresas.

Artículo 3 Requisitos para la calificación e inscripción en el Registro de las Empresas de...

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