Resolución de 10 de mayo de 2018, de la Dirección General de Función Pública, por la que se declara aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria de formación de la lista de espera para la provisión temporal de plazas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la categoría profesional de Oficial 1ª de Oficio (Albañil) (LE.03/18)

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda
Rango de LeyResolución

Por resolución[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico] de 20 de marzo de 2018, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, se convocan pruebas selectivas para la formación de la lista de espera para la provisión temporal de plazas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, correspondientes a la categoría profesional de Oficial 1ª de Oficio (Albañil).

De conformidad con lo establecido en la base 4 de la citada resolución, esta Dirección General de Función Pública, en uso de las facultades conferidas,

RESUELVE

Primero.- Aprobar la relación provisional de aspirantes admitidos y la de excluidos que figuran como anexos I y II respectivamente a esta resolución, quedando expuestas a efectos exclusivamente informativos, en la dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico), apartado 'Bolsas de Empleo Temporal'.

Segundo.- Los aspirantes excluidos u omitidos disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución, para subsanar electrónicamente el defecto que ha motivado su exclusión u omisión. La solicitud de subsanación deberá efectuarse exclusivamente por procedimientos electrónicos a través de la siguiente dirección de internet (www.larioja.org/empleopublico) apartado 'Bolsas de Empleo Temporal'.

Las subsanaciones presentadas por los aspirantes se entenderán contestadas con la publicación de la resolución por la que se apruebe la relación definitiva de admitidos y excluidos.

Con el fin de subsanar en tiempo y forma el defecto que motiva la exclusión u omisión, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran en la relación de excluidos, sino que sus nombres constan en la relación de admitidos.

Tercero.- Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen el defecto que haya motivado la exclusión o no aleguen la omisión en la relación provisional de admitidos y excluidos, justificando su derecho a figurar en la misma, serán definitivamente excluidos.

Cuarto.- La celebración de la prueba de demostración práctica...

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