Decreto 111/2007, de 31 de agosto, por el que se modifica el Decreto 126/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan las competencias, funcionamiento y composición del Pleno y de la Comisión Permanente de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Turismo, Medio Ambiente y poliTica Territorial
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado por la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, en su artículo 8.1.1 establece que compete con carácter exclusivo a la Comunidad Autónoma de La Rioja la "organización, estructura, régimen y funcionamiento de sus instituciones de autogobierno". Asimismo, el artículo 8.1.16 del Estatuto de Autonomía de La Rioja reconoce la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de La Rioja sobre "la ordenación del territorio, urbanismo y vivienda".

El Decreto 5/2007, de 2 de julio, por el que se modifica el número, denominación y competencias de las Consejerías de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como los Decretos que establecen las estructuras orgánicas de las nuevas Consejerías, inciden directamente en la composición y funciones del Pleno y de la Comisión Permanente de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.

Asimismo, la entrada en vigor de la Ley 5/2006 de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja aconseja la adaptación a la misma del Decreto 126/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan las competencias, funcionamiento y composición del Pleno y la Comisión Permanente de Ordenación del territorio y Urbanismo de La Rioja.

De lo que antecede, se concluye que el referido Decreto 126/2003, de 19 de diciembre, necesite una modificación para adaptarse a la citada normativa.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 31 de agosto de 2007, acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo único Modificaciones.

Se modifica el contenido de los artículos del Decreto 126/2003, de 19 de diciembre, por el que se regulan las competencias, funcionamiento y composición del Pleno y la Comisión Permanente de Ordenación del territorio y Urbanismo de La Rioja, que se indican a continuación:

El Artículo 1 queda redactado en la siguiente forma:

La Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, como órgano colegiado previsto en el artículo 6.1.e de la Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja, adscrito a la Dirección General de Política Territorial, se regirá, en cuanto a su organización y funcionamiento, por lo dispuesto en el presente Decreto y supletoriamente por lo dispuesto en la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen...

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