Orden 29/2010, de 1 de octubre, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Orden 36/2007, de 30 de julio, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Consejería de Educación, Cultura y Deporte dictó la Orden 36/2007, de 30 de julio, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar y que derogaba la Orden 1/2004, de 4 de junio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, la cual regulaba el procedimiento de concesión de ayudas individualizadas de transporte escolar.

Si bien la mencionada Orden 36/2007, de 30 de julio, permanece plenamente vigente, se modificó mediante la Orden 19/2009, de 30 de julio de 2009, dando lugar a la inclusión de nuevos beneficiarios de estas ayudas, concretamente a alumnos a los que los cambios introducidos en materia educativa afectaban a sus horarios lectivos, además de aquellos incluidos dentro de los Programas de Cualificación Profesional Inicial, en determinadas circunstancias.

En este momento la modificación de la Orden se fundamenta en dar respuesta a la necesidad de colaborar en la financiación de los gastos de residencia de aquellos alumnos con necesidades educativas especiales que, siempre de carácter excepcional, deban ser escolarizados en Comunidades Autónomas limítrofes, por no existir otro centro adecuado a sus necesidades educativas, y previo informe del Servicio competente en materia de atención a la diversidad.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, y una vez emitidos los informes preceptivos, dispongo:

Artículo único

Se modifican los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Orden 36/2007, de 30 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan las bases de las ayudas individualizadas de transporte escolar, quedando redactados como sigue:

Se modifica el artículo 1, quedando redactado como sigue:

La presente Orden tiene por objeto regular el procedimiento de concesión directa de ayudas individualizadas para colaborar en los gastos corrientes de transporte ocasionados a alumnos residentes en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar gestionadas por la Consejería competente en materia de Educación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 2.2.b) de la presente Orden, en cuyo caso mediante estas ayudas se podrán considerar subvencionables los gastos corrientes en concepto de residencia

Se modifica el artículo 2.2, en su apartado b), añadiéndole al final el siguiente párrafo:

En el supuesto de que se trate de alumnos con necesidades educativas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR