Orden 25/97 de 31 de julio de 1997, por la que se modifica la de 14 de noviembre de 1996, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas financiadas por el FEOGA (Sección Garantía). (Or. 25/97)

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

La Por Decreto 54/1996, de 13 de septiembre se constituye el Organismo Pagador de las ayudas del FEOGA-Garantía en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, ha suscrito con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) un Convenio para la prefinanciación de las ayudas con cargo al FEOGA-Garantía en aplicación del Real Decreto 2206/1995, de 28 de diciembre, por el que se regulan las actuaciones interadministrativas relativas a los gastos de la Sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA).

Con fecha de 14 de noviembre de 1996, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural promulgó una Orden por la que se establecían las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas abonadas con fondos FEOGA-Garantía.

Los Reglamentos Comunitarios constituyen la normativa aplicable a la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas autorizadas para el pago a este Organismo Pagador.

Sin perjuicio de la aplicabilidad directa de los Reglamentos Comunitarios y en aras de una mayor comprensión de los interesados de las condiciones y procedimiento relativos a la solicitud y concesión de ayudas, el Estado transcribe, total o parcialmente, algunos aspectos de la normativa comunitaria.

Por tanto, al ser de aplicación directa los Reglamentos comunitarios, procede modificar el artículo 1º de la Orden de 14 de noviembre de 1996, señalando únicamente las disposiciones comunitarias que constituyen la normativa aplicable a la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas.

Es por lo que tengo a bien,

DISPONER

ARTÍCULO ÚNICO

El artículo 1 de la Orden de 14 de noviembre de 1996 queda redactado de la forma siguiente:

- "Artículo 1.- la presente Orden regula el procedimiento para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas con cargo a los fondos del FEOGA (Sección Garantía), que a continuación se relacionan y que han sido asumidas para el pago por este Organismo Pagador a través del Convenio de Prefinanciación de fecha 15 de octubre de 1996.

  1. - Ayudas a los productores de determinados cultivos herbáceos, establecidos en los Reglamentos (CEE) 1765/92 y 1577/96 del Consejo, 334/93, 762/94, 658/96 y 1644/96 de la Comisión y Reglamentos de Campaña.

  2. - Prima en beneficio de los productores de ovino y caprino, establecida en el Reglamento (CEE) 3013/89 del Consejo, 2814/90 y 2700/93 de la Comisión y Reglamentos de...

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