Decreto 7/2000, de 18 de febrero, por el que se crea el Registro de Títulos Académicos y Profesionales de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE, nº 238, de 4 de octubre), establece, en su artículo 4.4, la competencia del Estado para homologar los títulos académicos y profesionales expedidos por las administraciones educativas, en las condiciones establecidas en dicha Ley, así como en las normas básicas y específicas de aplicación.

El Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo (BOE Nº 131, de 2 de junio), en desarrollo de la mencionada Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, establece, en su artículo 4.1, que los títulos quedarán inscritos en un Registro público de titulados que a estos efectos existirá en cada una de las Administraciones educativas competentes, mientras que, en su Disposición Final Primera, establece que tales Administraciones adoptarán cuantas medidas sean precisas para la aplicación de dicho Real Decreto.

Por su parte, la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de abril de 1996, desarrolla el mencionado Real Decreto 733/1995, de 5 de mayo (BOE, nº 1º2, de 8 de mayo), pormenorizando las actuaciones que, en materia de coordinación registral, serán de obligado cumplimiento para todas las Administraciones educativas con competencias.

Una vez traspasadas a la Comunidad Autónoma de La Rioja las funciones y servicios del Estado en materia de educación no universitaria, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 1826/1998, de 28 de agosto (BOR nº 116, de 26 de septiembre), es preciso crear, a nivel autonómico, el Registro público donde se inscribirán los títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.

En su virtud, el Gobierno a propuesta del Consejero de Educación, Cultura, Juventud y Deportes y previa deliberación de sus miembros en su reunión celebrada el día 18 de febrero de 2000 acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo 1 Creación del Registro de Títulos Académicos y Profesionales.

Se crea el Registro de Títulos Académicos y Profesionales de La Rioja, en el que deberán inscribirse las titulaciones correspondientes a las enseñanzas reguladas en la Ley...

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