Orden 13/2000, de 28 de abril, de la Consejería de Turismo y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden 23/1998, de 2 de marzo, por la que se regula el régimen de concesión de subvenciones para la realización de obras de acondicionamiento, construcción y recuperación de zonas verdes y riberas naturales (B.O.R. nº 28, de 5 de marzo)

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Turismo y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Orden de la Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, de 2 de marzo de 1998, determina las bases reguladoras que rigen la concesión de subvenciones para la realización de obras de acondicionamiento, construcción y recuperación de zonas verdes y ribera naturales ejecutadas por los municipios.

La experiencia adquirida desde la entrada en vigor de la citada Orden ha puesto de manifiesto la necesidad de efectuar ciertas modificaciones respecto a la documentación que debe ser aportada por los solicitantes. En concreto y, en aras de una mejor gestión de las subvenciones a conceder, se considera oportuno especificar en el texto de la Orden la obligación del solicitante de incluir en la Memoria de la obra proyectada un calendario de ejecución de las obras.

Por otro lado, aludiendo a los principios de publicidad, concurrencia y objetividad previstos en el artículo 4 del Decreto 12/1992, de 2 de abril, de normas reguladoras del procedimiento de concesión de subvenciones y ayudas de la Comunidad Autónoma se procede a convocar para el año 2000 las subvenciones reguladas en la Orden de 2 de marzo de 1998..

En consideración a lo expuesto, previo informe de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, de la Dirección General de los Servicios Jurídicos y de Intervención General, el Consejero de Turismo y Medio Ambiente, en uso de las facultades otorgadas por el Decreto 31/1999, de 21 de julio, dicta la siguiente

Orden

Artículo 1º Se añade un punto g) al apartado 1, del artículo 2 de la Orden nº 23, de 2 de marzo de 1998 (B.O.R. nº 23, de 5 de marzo) que queda redactado como sigue:

Artº 2.1 g) Programa de desarrollo...

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