Decreto 72/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Plan de Recuperación del Loro o Laurel de Portugal (Prunus Lusitanica subespecie Lusitanica) en La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Turismo, Medio Ambiente y poliTica Territorial
Rango de LeyDecreto

El loro o laurel de Portugal (Prunus lusitanica L.) Es un pequeño árbol, de hojas lauroides, perennes y coriáceas, considerado un relicto de la flora paleotropical, que ha llegado hasta nuestros días refugiado en enclaves favorables. La discontinuidad de estos refugios ha dado lugar a una distribución muy dispersa de la especie y a la existencia de tres subespecies, siendo la subespecie tipo (Prunus lusitanica L. subespecie lusitanica) la que se encuentra en la Península Ibérica, Suroeste de Francia y Norte de África.

Uno de los refugios para la especie se encuentra dentro de La Rioja, en los barrancos excavados en las laderas de solana de la Sierra de La Demanda, lo que aporta una gran singularidad florística a la vegetación del Alto Najerilla.

La existencia de dos únicos individuos en una única localidad conlleva un peligro de desaparición de la especie en la región. Dentro de las principales amenazas a que están sometidos estos ejemplares, se deben considerar los factores que puedan contribuir al deterioro de su hábitat, como construcción de infraestructuras, incendios, avenidas de agua o arrastres de ladera. Así mismo, se deben considerar aquellos factores de amenaza propios de una población tan reducida, como son la ausencia de renuevos y la aparición de fenómenos de deriva genética, o que afectan directamente a los ejemplares existentes, como son las podredumbres del ejemplar reproductor.

El loro está catalogado como especie en peligro de extinción (EN) por el Decreto 59/ 1998, de 9 de octubre, por el que se crea el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre de La Rioja.

En aplicación del artículo 7 del citado Decreto y con el objeto de minimizar tal peligro y conseguir, en lo posible, la conservación y recuperación de la especie y de su hábitat, se ha elaborado un Plan de Recuperación del loro o laurel de Portugal (Prunus lusitanica subespecie lusitanica) en La Rioja, en el que se analiza y evalúa la situación previa y se establecen los objetivos y actuaciones a desarrollar.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial y previa deliberación de sus miembros en su reunión celebrada el día 16 de diciembre de 2005 acuerda aprobar el siguiente,

Decreto

Artículo 1 Aprobación.

Se aprueba el Plan de Recuperación del loro o laurel de Portugal (Prunus lusitanica subespecie lusitanica) en La Rioja, que figura como anexo de este Decreto.

Artículo 2 Vigencia.

Este plan de recuperación tendrá una vigencia de seis años, a partir de la fecha de entrada en vigor. Anualmente se concretarán las actuaciones a realizar para el desarrollo del Plan mediante los correspondientes Programas Operativos.

Artículo 3 Valoración.

Finalizado el periodo de vigencia del Plan se efectuará una valoración del cumplimiento de los objetivos propuestos, analizándose el estado de conservación de la especie, la evolución seguida tanto por ésta como por su hábitat, así como las amenazas a que están sometidos Si no han variado significativamente los factores causales de su declive, que propicien el iniciar el trámite establecido para un cambio de categoría en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna Silvestre de La Rioja, podrá ser prorrogado y/ o redefinido el plan, introduciendo las correcciones que fueran precisas.

Artículo 4 Coordinación.

Por la Consejería competente en materia de medio ambiente se nombrará, entre el personal funcionario adscrito a la misma, un coordinador del Plan, encargado de impulsar y coordinar laejecución de las actuaciones contempladas en los Programas Operativos de desarrollo del Plan.

Artículo 5 Infracciones y sanciones.

Las infracciones a lo dispuesto en el presente Decreto se sancionarán, según proceda, conforme a lo establecido en el Título VI de la Ley 4/1989 de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres y demás legislación vigente sobre la materia.

Disposiciones Finales
Disposición Final Primera Desarrollo posterior del Decreto.

Se faculta a la Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial para dictar las disposiciones complementarias que considere necesarias para el desarrollo y aplicación del presente Decreto.

Disposición Final Segunda Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

En Logroño, a 16 de diciembre de 2005.- El Presidente, Pedro Sanz Alonso.- La Consejera de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial, Mª Aránzazu Vallejo Fernández.

Anexo

Plan de recuperación del Loro o Laurel de Portugal (Prunus Lusitanica subespecie Lusitanica) en La Rioja

El loro o laurel de Portugal (Prunus lusitanica L. subespecie lusitanica) es un pequeño árbol, de hojas lauroides, perennes y coriáceas, considerado un relicto de la flora paleotropical, que ha llegado hasta nuestros días refugiado en enclaves favorables de la Península Ibérica, la Suroeste de Francia y el Norte de África. Uno de los refugios para la especie se encuentra dentro de La Rioja, en los barrancos excavados en las laderas de solana de la Sierra de La Demanda, lo que aporta una gran singularidad florística a la vegetación del Alto Najerilla. Debido a la existencia de dos únicos individuos en este enclave, así como a la fragilidad del hábitat que ocupa y al alto grado de amenaza que soporta, se ha incluido esta especie en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna Silvestres de La Rioja, como especie "en peligro de extinción", (Decreto 59/1998, de 9 de octubre). En dicho Catálogo se establece la obligación de realizar un Plan de Recuperación de la especie, con el objeto de mitigar tal estado de amenaza y apoyar el mantenimiento y la recuperación de las poblaciones de esta especie.

  1. Análisis y evaluación de la situación previa

    * Distribución

    El loro o laurel de Portugal, Prunus lusitanica subespecie lusitanica (en adelante, Prunus lusitanica), se distribuye por el Suroeste de Francia, la Península Ibérica y Marruecos. En la Península Ibérica, se han censado más de 30000 ejemplares, siendo mayor su presencia en Portugal y, dentro de España, en las regiones occidentales.

    En el tercio Norte del territorio nacional sus poblaciones son más escasas. En La Rioja, se han encontrado dos únicos ejemplares naturales, en el curso alto del río Najerilla, y las poblaciones más cercanas a ésta se encuentran en Navarra, País Vasco y Norte de la provincia de Burgos.

    * Régimen de Protección de la Especie

    La especie se encuentra incluida dentro del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna Silvestres de La Rioja (Decreto 59/1998, de 9 de octubre), como especie "en peligro de extinción", así como en los respectivos catálogos regionales de Cataluña, País Vasco, Navarra, Castilla La Mancha y Extremadura, con distintas categorías de protección, mientras que en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas no aparece reflejada.

    * Caracterización del Hábitat

    Su distribución suele ir ligada a ambientes con características microclimáticas de temperaturas relativamente suaves y elevada humedad ambiental. Las poblaciones peninsulares se encuentran en relieves accidentados de media montaña mediterránea o atlántica, entre los 180 y los 1150 metros de altitud, sobre sustratos de pH ácido y, generalmente, poco evolucionados. Aunque no puede considerarse un taxón estrictamente ripario, suele aparecer asociado a hábitatsde ribera, especialmente en las poblaciones con mayor carácter continental.

    En el caso de los ejemplares presentes en La Rioja, se encuentran acompañados tanto de especies riparias (Fraxinus angustifolia) como de especies propias de sustratos más secos (Quercus rotundifolia), lo que se corresponde con la asociación Teucrio scorodoniae Quercetum rotundifoliae (encinares húmedos con fresnos), y se encuadra dentro del piso supramediterráneo, con ombroclima subhúmedo- húmedo, entre los 960 y los 1000 metros de altitud, sobre sustrato de esquistos. El cortejo florístico inventariado en esta población permite encuadrarla dentro de las loreras de transición, entre las de tipo continental y oceánico, con una mayor influencia del primer tipo. Su presencia en estos enclaves se achaca a la existencia de microclimas muy húmedos, por la existencia de surgencias de agua freática y/ o la cercanía a pequeñas cascadas.

    * Biología Reproductora y Dinámica Poblacional

    Se trata de una especie monoica, de flores hermafroditas, en las que predomina la autofecundación. No presenta problemas en la producción de semilla viable ni en la germinación de ésta, siendo la supervivencia de las plántulas la fase crítica de su ciclo vital, lo que limita el reclutamiento poblacional por vía sexual. En cuanto a la vía asexual, la especie presenta una elevada capacidad de regeneración vegetativa, por lo que gran parte de las poblaciones pueden estar formadas por ejemplares clónicos. De momento, no se ha estudiado la posible presencia de procesos de estocasticidad genética, ni se ha evaluado cómo afectaría esto a la supervivencia de la especie a largo plazo.

    * Estado de conservación de los ejemplares riojanos

    De los dos ejemplares naturales encontrados en La Rioja, sólo uno de ellos es adulto - reproductor. Mide unos 7 metros de altura y presenta importantes pudriciones internas, pero capacidad de regeneración vegetativa; aunque se ha constatado una elevada tasa de producción de semilla viable, el reclutamiento poblacional es casi nulo. El segundo ejemplar, de menos de tres metros, se considera juvenil, ya que no se tiene constancia de su floración.

    * Principales amenazas externas y otros factores regresivos.

    Dentro de las principales...

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