Procedimiento abierto con varios criterios de adjudicación en tramitación ordinaria para: 'Servicio Gestión de residuos asimilables a urbanos y sanitarios no específicos (Grupo I y II-Decreto 51/93) en los Centros dependientes del Seris'. Expediente nº 15-7-2.01-0015/2016

EmisorServicio Riojano de Salud
Rango de LeyDecreto

Entidad adjudicadora: Servicio Riojano de Salud a través de Gerencia del Servicio Riojano de Salud.

Objeto: Servicio Gestión de residuos asimilables a urbanos y sanitarios no específicos (Grupo I y II-Decreto 51/93) en los Centros dependientes del Seris.

Presupuesto total de contrata (IVA no incluido): doscientos treinta y tres mil doscientos cinco euros y ochenta y dos céntimos (233.205,82 euros).

Anualidades ( IVA incluido):

Año 2016: 85.508,80 euros.

Año 2017: 128.263,20 euros.

Año 2018: 42.754,40 euros.

Lotes:

Lote 1: 'Presupuesto (IVA no incluido): 233.205,82 euros

Plazo total de ejecución: Periodo estimado 24 meses. Desde la fecha que figure en la cláusula tercera del contrato, prevista para el 1 de mayo de de 2016 hasta 30 de abril de 2018

Lugar de entrega: Servicio Riojano de Salud - calle Piqueras,98 - 26006 Logroño

Obtención de información y documentación: En el Departamento de Compras - Área de Salud de La Rioja (calle Piqueras, 98 - 26006 - Logroño), Telef. 941 298438 y en internet, a través de la página web de Rioja Salud www.riojasalud.es (Empresas, Perfil del Contratante), hasta la fecha límite de presentación de ofertas.

Requisitos específicos del contratista:

  1. Solvencia económica y financiera:

    Solvencia Económica: Acreditar una solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución de un contrato de servicios de un importe de 233.205,82 euros (IVA excluido)

    Documentación acreditativa de la solvencia económica: La justificación de la solvencia económica y financiera del empresario podrá acreditarse alternativamente por uno de los medios siguientes:

    1) Clasificación : Grupo R Subgrupo 5 Categoría 1

    De forma: unica

    2) Por el medio siguiente de los establecidos en el art. 75 del TRLCSP:

    Volumen anual de negocios del licitador:

    El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

    El importe, referido al año de mayor volumen de los tres últimos años concluidos, deberá ser al menos una vez y media el importe de la anualidad media del contrato.

    Importe 1 y 1/2 de la anualidad media del contrato...

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