Orden HAC/1/2019, de 17 de septiembre, de la Consejería de Hacienda, por la que se determinan las estructuras presupuestarias orgánicas y la operativa contable a seguir como consecuencia de los Decretos que modifican las estructuras orgánicas y funcionales de las Consejerías

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejería de Hacienda
Rango de LeyOrden

La Ley 3/2003, de 3 de marzo, de organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja establece en su artículo 5 que la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja se estructura en Consejerías y que, por Decreto del Presidente se podrá variar su número, denominación y competencias. En su virtud, se ha aprobado el Decreto de la Presidenta 6/2019, de 29 de agosto, que establece una nueva organización administrativa conformada por nueve Consejerías, cuyas estructuras y funciones ha sido desarrolladas posteriormente en los respectivos Decretos dictados en desarrollo de la Ley 3/2003.

Por su parte, el artículo 44 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja, determina que la estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja será determinada por la Consejería con competencias en materia de hacienda, teniendo en cuenta la organización del sector público de La Rioja, la naturaleza económica de los ingresos y de los gastos y las finalidades y objetivos que se pretendan conseguir. En este sentido, también el Decreto 37/2019 de 10 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, atribuye al Consejero, la competencia para la planificación y dirección de la política establecida por el Gobierno en materia de presupuestos y contabilidad.

Ante los cambios producidos en la organización -consecuencia de la entrada en vigor del Decreto 6/2019 y de los respectivos Decretos de estructuras y funciones de cada una de las nueve Consejerías- se hace necesario adecuar las estructuras presupuestarias a la nueva configuración organizativa y regular igualmente, los procedimientos de gestión de los expedientes iniciados con anterioridad a los cambios de estructura, la fiscalización de los mismos así como las actuaciones a realizar en el Registro Contable de Facturas.

Por todo ello y de acuerdo con las competencias atribuidas vengo en disponer la siguiente

ORDEN

Artículo 1 Clasificación orgánica de los estados del presupuesto de gastos.

La clasificación orgánica de los estados del presupuesto de gastos de la Administración General y Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de La Rioja se estructura en las siguientes secciones y servicios presupuestarios:

SECCIÓN 01.- PARLAMENTO

Servicio 01.- Parlamento

SECCIÓN 03.- CONSEJO CONSULTIVO DE LA RIOJA

Servicio 01.- Consejo Consultivo de La Rioja

SECCIÓN 04.- GOBERNANZA PÚBLICA

Servicio 01.- Secretaria General Técnica

Servicio 02.- Dirección General de la Función Pública

Servicio 03.- Dirección General de Política Local

Servicio 04.- Dirección General de los...

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