Orden DEI/76/2018, de 10 de octubre, por la que se por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación-, en régimen de concesión directa

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Desarrollo EconÓMico e InnovaciÓN
Rango de LeyOrden

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial -Programa Cheque de Innovación- con el fin de impulsar la innovación en las empresas de La Rioja, en régimen de concesión directa.

Las políticas de innovación y desarrollo constituyen un elemento fundamental para el desarrollo de las sociedades actuales teniendo en cuenta la relación existente entre capacidad de innovación de una región y su competitividad, y por ende, calidad de vida.

Debido al grado de competitividad y de globalización que actualmente definen a los mercados, se ha de impulsar a las empresas, y en especial a las Pymes, a innovar, avanzar y evolucionar estratégicamente para situarse en posiciones competitivas. En este sentido, la importancia de la innovación, implica un proceso de mejora y cambio permanente de la tecnología, las técnicas, los medios organizativos y de los conocimientos, con el fin de superar los actuales estándares de competitividad. Se entiende también que es necesario fomentar la profesionalización en la gestión de las diferentes áreas de la empresa apoyándose inicialmente en la contratación de expertos externos para ello, con el objetivo de interiorizar su necesidad de tal manera que se generen estructuras más adecuadas para una gestión de la innovación más intensa y continuada en el tiempo. También el incentivar la dotación de métodos y sistemas modernos y eficaces de negocio.

La Rioja puso en marcha el Plan Estratégico La Rioja 2020 con el fin de conseguir unos objetivos a largo plazo, como son llegar a situarnos entre las 60 regiones europeas más avanzadas de Europa en 2020. De aquí surgen el IV y V Planes Riojanos de I+D+I 2013-2016 y 2017-2020, y el Plan de Desarrollo Industrial de la comunidad que articulan un Sistema Riojano propio de Ciencia, Tecnología, Investigación e Innovación. Además, para un mayor empuje y aportación financiera al plan estratégico definido, La Rioja desarrolló una Estrategia de Especialización Inteligente en Investigación e Innovación RIS3, que determina los aspectos clave a tener en consideración en el desarrollo focalizado e inteligente basado en el conocimiento, de esta comunidad en los próximos años.

La Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja en el marco de las políticas de innovación tecnológica de la Unión Europea, del Gobierno de España y de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en sus respectivos planes y herramientas, pretende, mediante el presente programa de subvenciones, con la consideración de transferencias de capital, impulsar la innovación en la comunidad con el fin de coadyuvar a alcanzar los objetivos regionales de desarrollo económico establecidos, centrando mucho el foco en crear unas condiciones favorables para que sobre todo las Pymes se incorporen a una cultura de innovación. Se trata de incrementar el número de empresas innovadoras, la intensidad de innovación de empresas con actividad innovadora y el porcentaje de empresas innovadoras sobre el total de empresas de La Rioja.

Es preciso señalar que en los últimos años las empresas han tenido que afrontar una fuerte crisis y, en gran medida, sus acciones han estado encaminadas a la supervivencia en lo que se refiere a reducir los costes de sus productos, abrir mercados y a poder financiar sus operaciones. Esta situación ha originado que de una forma general no se haya prestado tanta atención a las cuestiones que están relacionadas con la estrategia a largo plazo, la tecnología, la profesionalización y la gestión óptima, como sería deseable. En sí, se ha detectado una reducción en la contratación de consultoría experta en estos ámbitos. Por ello, la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja entiende la necesidad de que las empresas, principalmente las Pymes, contraten asesoramiento experto externo y se doten de capacidades propias con el fin de planificar el medio y largo plazo de forma profesional y con estrategias claras.

La eficacia de la propuesta radica en el foco que se pone en la estrategia, planificación y gestión profesional empresarial, y en la posibilidad de que las ayudas que prevé la presente Orden reguladora tengan una intensidad y una agilidad en el pago de las mismas, de tal manera que anime a las empresas al verdadero acometimiento de las acciones estratégicas descritas, entendidas de muy alto valor.

Por otro lado, la eficiencia esperada vendrá por la potencial evolución a medio plazo de empresas más preparadas y competitivas. En este sentido, conviene indicar que del análisis de los proyectos empresariales presentados en esta Agencia a lo largo de los años, aquellas empresas que han realizado acciones de I+D+i han respondido mejor a la dura crisis ya pasada. Esta eficiencia esperada también lo es por el mayor alcance de los objetivos previstos en los Planes Estratégicos de I+D+i de la Comunidad vinculados al incremento del número de empresas innovadoras, de la intensidad de innovación de empresas con actividad innovadora, y del porcentaje de empresas innovadoras sobre el total de empresas en La Rioja, con la mejora esperada en los ratios comparativos nacionales y comunitarios, y por tanto una mayor capacidad futura de obtención de fondos extraregionales u otros beneficios para las empresas de nuestra Comunidad.

En este contexto, la Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial, mediante el Programa -Cheque de Innovación- para la realización de acciones por las organizaciones relacionadas con la estrategia y planificación organizacional y/o de la tecnología, la mejora de las capacidades y competencias de las personas, la tecnología y de los productos-servicios-procesos, la gestión avanzada, y la internacionalización. Su regulación es conforme a los preceptos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, garantizando así el principio de seguridad jurídica.

En consecuencia, se da cumplida satisfacción a los principios de necesidad, eficacia y eficiencia, conteniendo la Orden la regulación imprescindible y proporcionada en orden a atender las necesidades que se pretenden, sin imponer trámites innecesarios, y habiéndose ajustado su tramitación y contenido a las exigencias del principio de transparencia, de acuerdo con la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Conforme a la Orden 1/2017, de 7 de marzo de 2017, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, los procedimientos de concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja se tramitarán exclusivamente de forma telemática, en la forma y respecto a los trámites que se establezcan en las respectivas convocatorias que se aprueben a partir de su entrada en vigor, siendo obligatoria para todos los solicitantes que concurran a dichas convocatorias.

Las subvenciones que establece la presente Orden han de sujetarse al Derecho de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado. En concreto, las subvenciones reguladas tienen la consideración de ayudas de minimis y se acogen a los siguientes Reglamentos: Reglamento (UE) Nº 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (Diario Oficial de la Unión Europea L 352 de 24 de diciembre de 2013), y Reglamento (UE) nº 717/2014, de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura (DOUE L 190, de 28 de junio de 2014), cuando el beneficiario pertenezca a este sector.

En su virtud, la Consejera de Desarrollo Económico e Innovación, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 30.3 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Rioja; 42 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros; 180.1 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja; y 5.1.1.h) del Decreto 27/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, dicta la siguiente

O R D E N

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

Objeto y régimen jurídico y presupuestario

Artículo 1 Objeto de la Orden.

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular las subvenciones destinadas a fomentar la innovación de empresas -Programa Cheque de Innovación-, en régimen de concesión directa. Para ello, se pretende fomentar una serie de acciones que permitan, entre otras:

  1. Incrementar el desarrollo de acciones que determinen la estrategia y planificación a desplegar, tanto la organizacional como la...

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