Orden DEI/17/2018, de 2 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial, en régimen de concurrencia competitiva

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Desarrollo EconÓMico e InnovaciÓN
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial, en régimen de concurrencia competitiva, contenidas hasta ahora en la Orden nº 12/2014, de 19 de diciembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial, en régimen de concurrencia competitiva (Boletín Oficial de La Rioja nº 159, de 24 de diciembre de 2014).

Los cambios fundamentales que se introducen tienen como finalidad adaptar el procedimiento al dispuesto con carácter básico en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las políticas de innovación y desarrollo constituyen un elemento fundamental para el desarrollo de las sociedades actuales teniendo en cuenta la relación existente entre capacidad de innovación de una región y su competitividad, y por ende, calidad de vida.

Debido al grado de competitividad y de globalización que actualmente definen a los mercados, se ha de impulsar a las empresas, y en especial a las Pymes, a innovar, avanzar y evolucionar estratégicamente para situarse en posiciones competitivas. En este sentido, la importancia de la innovación, implica un proceso de mejora y cambio permanente de la tecnología, las técnicas, los medios organizativos y de los conocimientos, con el fin de superar los actuales estándares de competitividad. Se entiende también que es necesario fomentar la profesionalización en la gestión de las diferentes áreas de la empresa apoyándose inicialmente en la contratación de expertos externos para ello, con el objetivo de interiorizar su necesidad de tal manera que se generen estructuras más adecuadas para una gestión de la innovación más intensa y continuada en el tiempo. También el incentivar la dotación de métodos y sistemas modernos y eficaces de negocio.

La Comisión Europea diseñó la Estrategia Europa 2020 donde señalaba a la investigación y desarrollo (I+D) como un impulsor clave para alcanzar el objetivo de un crecimiento inteligente, sostenible e integrador. De ella surgió el programa europeo Horizon 2020 (2014-2020) con el objetivo de financiar actividades de I+D+i de una forma focalizada e inteligente. Así mismo, se publicó el nuevo Marco de I+D+i 2014/C198 (2014-2020) y el Reglamento de exención 651/2014 con el fin de armonizar las políticas de los estados para acciones de apoyo a la I+D+i.

A nivel estatal y siguiendo las directrices comunitarias, se publicó La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, de 1 de junio de 2011. También se definió la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020 de la que han surgido los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016, y actualmente en trámite el de 2017-2020, en el que se plantea entre otros como uno de sus seis objetivos previstos, el de activar la inversión privada en I+D+i y la capacitación tecnológica del tejido productivo.

Asimismo, La Estrategia Estatal de Innovación (e2i) plantea como ejes fundamentales la transferencia de conocimiento, la colaboración público-privada, la inversión privada en I+D+i, la potenciación del capital humano y la internacionalización.

Por su parte, La Rioja además de incidir en los aspectos anteriores, puso en marcha el Plan Estratégico La Rioja 2020 con el fin de conseguir unos objetivos a largo plazo, como son llegar a situarnos entre las 60 regiones europeas más avanzadas de Europa en 2020. De aquí surgen el IV y V Planes Riojanos de I+D+I 2013-2016 y 2017-2020, y el Plan de Desarrollo Industrial de la comunidad que articulan un Sistema Riojano propio de Ciencia, Tecnología, Investigación e Innovación.

Además para un mayor empuje y aportación financiera al plan estratégico definido, La Rioja desarrolló una Estrategia de Especialización Inteligente en Investigación e Innovación RIS3, que determina los aspectos clave a tener en consideración en el desarrollo focalizado e inteligente basado en el conocimiento, de esta comunidad en los próximos años.

La Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja en el marco de las políticas de innovación tecnológica de la Unión Europea, del Gobierno de España y de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en los planes y herramientas ya descritas, pretende, mediante el presente programa de subvenciones, con la consideración de transferencias de capital, impulsar la innovación en la comunidad con el fin de coadyuvar a alcanzar los objetivos regionales de desarrollo económico establecidos, centrando mucho el foco en crear unas condiciones favorables para que sobre todo las Pymes se incorporen a una cultura de innovación.

La presente Orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la promoción de la innovación empresarial, e integra entre otros, los programas de ayudas relativos a la promoción de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones TICs, el apoyo al diseño y desarrollo de producto, la promoción de la innovación en la gestión empresarial, incluida la gestión de la propia innovación, la promoción de la seguridad en el trabajo, la incorporación de personal de alta cualificación. También fija el foco en los sectores industriales de la comunidad y su fortalecimiento a través de programas como Industria 4.0, etc.

Conforme a la Orden 1/2017, de 7 de marzo de 2017, de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación, por la que se regula la tramitación electrónica en los procedimientos de concesión de subvenciones y concesión de préstamos de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, los procedimientos de concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja se tramitarán exclusivamente de forma telemática, en la forma y respecto a los trámites que se establezcan en las respectivas convocatorias que se aprueben a partir de su entrada en vigor, siendo obligatoria para todos los solicitantes que concurran a dichas convocatorias.

Las subvenciones que establece la presente Orden han de sujetarse al Derecho de la Unión Europea en materia de ayudas de Estado. Por lo tanto, será de aplicación a los distintos programas de ayuda contenidos en la Orden la normativa comunitaria que corresponda en función de su ámbito de aplicación.

En su virtud, la Consejera de Desarrollo Económico e Innovación, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 30.3 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Rioja; 42 de la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e Incompatibilidades de sus miembros; 180.1 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja; y 5.1.1.h) del Decreto 27/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Económico e Innovación y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, dicta la siguiente

ORDEN

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

Objeto y régimen jurídico y presupuestario

Artículo 1 Objeto de la Orden.

Las presentes bases reguladoras tienen por objeto regular las subvenciones destinadas a fomentar la innovación de las empresas riojanas, en régimen de concurrencia competitiva. Para ello, se pretende fomentar una serie de acciones que permitan, entre otras:

  1. Incrementar la innovación en la gestión empresarial, principalmente en las Pyme, para que avancen y evolucionen estratégicamente en su gestión empresarial para situarse en posiciones competitivas.

  2. Fomentar la gestión profesional de las empresas a través de personal propio o de consultoría externa experta y el uso más avanzado de las aplicaciones disponibles en el mercado.

  3. Fomentar la contratación de profesionales tecnólogos en las unidades estratégicas de gestión de las empresas.

  4. Incrementar las inversiones empresariales en estructuras de soporte y gestión innovadoras como puedan ser inversiones en herramientas TIC o de control y las vinculadas a la Industria 4.0, herramientas para el diseño de producto, equipamiento de laboratorio, equipamiento para Unidades de I+D, etc.

Artículo 2 Régimen jurídico.
  1. Las subvenciones se regirán por lo previsto en esta Orden y en las demás disposiciones que resulten de aplicación, especialmente las siguientes:

    1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    2. Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    3. Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda Pública de La Rioja, en particular su Título VIII.

    4. Decreto 14/2006, de 16 de febrero, regulador del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    5. Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    6. Decreto 22/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

    7. Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja que resulten de aplicación.

    8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del...

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