Orden AGR/82/2018, de 23 de octubre, por la que se modifica la Orden 5/2015, de 25 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola en la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Con fecha 11 de noviembre de 2017, se publicó en el BOE número 274 el Real Decreto 980/2017, de 10 de noviembre, por el que se modifican los Reales Decretos 1075/2014, 1076/2014, 1077/2014 y 1078/2014, todos ellos de 19 de diciembre, dictados para la aplicación en España de la Política Agrícola Común.

En el artículo cuarto de dicho Real Decreto se recoge la modificación del Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de la condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos, determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de determinados programas de apoyo al sector vitivinícola, añadiendo dos nuevos párrafos al final de la BCAM (Buenas Condiciones Agrarias y Medioambientales) 6 del apartado 2 del anexo II del Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, con el siguiente contenido:

'La aplicación de purín en las superficies agrícolas no podrá realizarse mediante sistemas de plato o abanico ni cañones, pudiendo las comunidades autónomas establecer excepciones, atendiendo a las características específicas de las superficies afectadas, incluidas las condiciones orográficas y climáticas, u otros motivos, debiendo las mismas quedar debidamente justificadas.

Los estiércoles sólidos deberán enterrarse después de su aplicación en el menor plazo de tiempo posible. No obstante, se podrán exceptuar de esta obligación, si la comunidad autónoma así lo establece, los tipos de cultivo mediante siembra directa o mínimo laboreo, los pastos y cultivos permanentes, y cuando la aportación del estiércol sólido se realice en cobertera con el cultivo ya instalado.'

Tal como recoge el Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, tras su modificación, los nuevos condicionados para el cumplimiento de la condicionalidad se incluyen en la BCAM 6 que hace referencia al mantenimiento del nivel de materia orgánica en el suelo mediante prácticas adecuadas.

El cambio del método de aplicación del purín supone la adquisición de nuevas máquinas o la adaptación de las ya existentes, lo que implica que es imprescindible un periodo transitorio para el cambio, por la inversión que es necesaria realizar por parte los ganaderos y agricultores y por la imposibilidad de la industria fabricante de absorber la demanda que se va producir, dado el número de máquinas que deben realizar dicha adaptación.

En La Rioja...

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