Orden AGR/61/2018, de 24 de agosto, por la que se modifica la Orden 18/2015, de 8 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan las bases de las ayudas para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Agricultura, GanaderÍA y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
Preámbulo

El Reglamento (UE) Nº 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1698/2005 del Consejo establece las medidas que pueden cofinancierse a través de los Programas de Desarrollo Rural de La Rioja. El Reglamento, en su artículo 17, establece la posibilidad de cofinanciar la medida de Inversiones en activos físicos, dentro de las cuales se incluye las inversiones en 'Infraestructuras destinadas al desarrollo, modernización o adaptación de la agricultura y el sector forestal, la silvicultura, incluido el acceso a las superficies agrícolas y forestales, la consolidación y mejora de tierras y el suministro y ahorro de energía y agua', que el PDR de La Rioja ha incluido como medida 4.3.

El desarrollo normativo de esta medida se ha llevado a cabo mediante la publicación de la Orden 18/2015, de 8 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se regulan las bases de las ayudas para la creación o mejora de infraestructuras agrarias de carácter municipal, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja del 15 de mayo de 2015. Esta Orden se modificó a través de la Orden 33/2015, de 14 de agosto, mediante la Orden 13/2017, de 23 de agosto, que dio cabida a la subvencionalidad de determinadas actuaciones anteriores a las órdenes de convocatoria, como las derivadas de caminos en los que ha habido concentración parcelaria o ciertos caminos que por su configuración anterior no cumplen los requisitos fijados de forma ordinaria en la orden, y también se modificó mediante la Orden 18/2016, de 5 de octubre, que establecía en el artículo 5 la posibilidad de que ante determinados supuestos excepcionales de catástrofes naturales las inversiones se realizaran antes de la entrada en vigor de la Orden.

De acuerdo con este artículo, 'Excepcionalmente, y ante catástrofes naturales se podrá hacer una solicitud en cualquier momento del año. Estas...

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