Orden 2/2016, de 11 de mayo, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por la que se establecen las características de las emisiones de deuda pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja que se lleven a cabo en el ejercicio 2016

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de AdministraciÓN PÚBlica y Hacienda
Rango de LeyOrden

El Consejo de Ministros, en su reunión de 22 de abril de 2016, adoptó Acuerdo por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de La Rioja a formalizar operaciones de préstamos a largo plazo y emitir deuda pública por un importe máximo de doscientos nueve millones quinientos once mil euros (209.511.000,00 €)

El Consejo de Gobierno de La Rioja, en sesión de 06 de mayo de 2016, autorizó la contratación de operaciones de deuda a largo plazo, tanto préstamos como emisiones de deuda pública, por un importe máximo de doscientos nueve millones quinientos once mil euros (209.511.000,00€) en las mismas condiciones autorizadas por el Consejo de Ministros.

El artÃculo 95 de la Ley 11/2013, de 21 de octubre, de Hacienda de La Rioja, y el artÃculo 56 de la Ley 5/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para el año 2016, establecen que corresponde a la ConsejerÃa de Administración Pública y Hacienda, previa autorización del Consejo de Gobierno, la determinación de las operaciones en que se formalizará el endeudamiento y sus caracterÃsticas, asà como la realización de cuantas operaciones sean necesarias para la adecuada formalización y gestión de las operaciones en las que éste se materialice.

En virtud de lo expuesto, dispongo

ArtÃculo 1. Importe de la emisión de Deuda Pública

Se aprueba la puesta en circulación de una o varias emisiones de Deuda Pública por los importes nominales que resulten aconsejables en función de la posición financiera de la Comunidad y de las condiciones generales de los mercados, por un importe máximo de ciento noventa millones de euros (190.000.000 €).

ArtÃculo 2. CaracterÃsticas de las emisiones.

Las emisiones de Deuda Pública en euros tendrán las siguientes caracterÃsticas:

  1. Modalidad: bonos u obligaciones

  2. Moneda: euro

  3. Procedimiento: mediante subasta competitiva, colocación privada o pública, emisión asegurada o no asegurada, asà como a través de cualquier otra fórmula disponible en el mercado.

  4. Importe mÃnimo de cada referencia: 10.000.000 euros

  5. Importe nominal mÃnimo de los valores: 1.000 euros

  6. Plazo: hasta 10 años, desde la fecha de emisión

  7. Amortización: a la par por el valor nominal en la fecha de vencimiento

  8. Tipo de interés nominal: fijo o variable. El coste no podrá superar los 50 puntos básicos de diferencial con respecto a la deuda del Estado de similares caracterÃsticas, incluyendo comisiones y otros gastos.

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