Orden 1/2017, de 1 de febrero, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se modifica la Orden 19/2012, de 19 de diciembre, por la que se dictan normas para el desarrollo del régimen de conciertos educativos a partir del curso 2013-2014 en la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de EducaciÓN, FormaciÓN y Empleo
Rango de LeyOrden

El régimen jurídico de los conciertos educativos se encuentra regulado en las Leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

La precitada Ley 2/2006, de 3 de mayo, establece en los artículos 116 y 117 las directrices básicas que afectan al régimen de conciertos, a través del cual se materializa el sostenimiento público de los centros docentes privados.

Asimismo, en virtud de lo establecido en la Disposición transitoria undécima de la Ley Orgánica de Educación, continúa siendo aplicable el reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, aprobado por Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre. Este Reglamento, en su disposición adicional octava, autoriza a las Comunidades Autónomas con competencias educativas, a establecer los plazos de solicitud de concierto educativo por los centros privados.

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), modifica el artículo 116 de la LOE, estableciendo que el concierto tendrá una duración mínima de seis años en el caso de Educación Primaria y de cuatro años en el resto de los casos, modificando el plazo común de cuatro años dispuesto por el artículo 6 del Real Decreto 2377/1985.

La Orden 19/2012, de 19 de diciembre, de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo, dictó las normas para el desarrollo del régimen de conciertos educativos a partir del curso 2013/2014, agotando sus efectos al finalizar el curso 2016/2017. Visto el nuevo marco normativo surgido tras la aprobación de la LOMCE, se estima conveniente modificar la Orden 19/2012, aplicando lo dispuesto en el precitado artículo 116.

Por todo ello, al amparo de lo dispuesto en el artículo 7º del Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre y en ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 26/2015, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Formación y Empleo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (BOR número 95, de 22 de julio)

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR