Orden 3/2011 de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial, por la que se suspende el otorgamiento de la financiación cualificada a las actuaciones protegidas de rehabilitación de inmuebles del Plan de Vivienda 2009-2012

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Obras PÚBlicas, PolÍTica Local y Territorial
Rango de LeyOrden

El capítulo III, Sección 1ª del Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, regula el programa "Programa de Áreas de Rehabilitación Integral de conjuntos históricos, centros urbanos, barrios degradados y municipios rurales (ARIS)" y establece la financiación cualificada para estas actuaciones consistentes en préstamos, subvenciones directas y subsidiaciones del tipo de interés de los préstamos.

El capítulo IV, Sección 1ª del Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012 relativa al "Programa de ayudas RENOVE a la rehabilitación de viviendas y edificios de viviendas existentes" regula la financiación cualificada en materia de rehabilitación, consistente en préstamos, subvenciones directas y subsidiaciones del tipo de interés de los préstamos.

Por su parte, el Capítulo IV del Decreto 22/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2009-2012, regula la financiación cualificada autonómica de las Áreas de Rehabilitación Integral, consistentes en subvenciones directas y en la Sección 1ª del Capítulo V del citado Decreto, las ayudas "renove" para la financiación autonómica de las actuaciones de rehabilitación de viviendas y edificios.

A fin de gestionar dichos planes de vivienda esta Consejería dictó la Orden 1/2009, de 22 de mayo, por la que se desarrolla el Decreto 22/2009, de 8 de mayo que aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2009-2012, en la que se establece el procedimiento de concesión y pago de las ayudas estatales y autonómicas en materia de rehabilitación con arreglo a lo previsto en los mismos.

A la vista del avanzado grado de cumplimiento respecto a las actuaciones previstas que han superado el cupo convenido, la Disposición final primera del Decreto 22/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Plan de Vivienda de La Rioja 2009-2012, y teniendo en cuenta que la Calificación es un acto reglado de la Administración a través del cual ésta se limita a constatar los requisitos exigidos en la legislación vigente y que produce efectos en la esfera jurídica del interesado que trascienden a la sola obtención de la financiación cualificada gestionada por esta Consejería, se considera necesario adoptar medidas adecuadas que permitan conciliar el cumplimiento de los...

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