Orden 17/2010, de 17 de junio de 2010, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, de bases reguladoras y convocatoria de una beca predoctoral sobre Evaluación del estado nutricional de vitis vinífera L.Variedad garnacha tinta en el ámbito de la Denominación de Origen Calificada Rioja y desarrollo de herramientas para el diagnóstico nutricional

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural
Rango de LeyOrden

La Comunidad Autónoma de La Rioja, en cumplimiento del artículo 8.24 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, que le atribuye competencias en materia de fomento e investigación, viene llevando a cabo a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural una política de apoyo a la investigación y a la formación en prácticas, que incida en materias de interés para la Comunidad Autónoma.

Los Planes Riojanos de I+D+I han considerado como uno de los objetivos estratégicos la potenciación de los recursos humanos destinados en I+D y su adecuada distribución. Así, desde la aprobación del I Plan Riojano se establecieron una serie de acciones dirigidas a incrementar la masa crítica necesaria para garantizar la disponibilidad de recursos humanos altamente cualificados.

Con el objetivo de garantizar la formación e investigación de jóvenes titulados universitarios, y permitir su dedicación exclusiva a las actividades formativas en investigación mediante la realización de su tesis doctoral, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural convoca una beca predoctoral, que contribuya a la formación de recursos humanos altamente cualificados para llevar a cabo actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación en áreas de conocimiento que consideran prioritarias para el sector agrario y agroalimentario de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 1 del Decreto 52/2009, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, apruebo la siguiente:

Orden

Artículo 1 Objeto de la beca.
  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una beca predoctoral sobre Evaluación del estado nutricional de vitis vinífera L.Variedad garnacha tinta en el ámbito de la Denominación de Origen Calificada Rioja y desarrollo de herramientas para el diagnóstico nutricional, y su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

  2. Los estudios y trabajos realizados quedarán en propiedad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

  3. Para la financiación de la beca existe crédito adecuado y suficiente en la partida 05.03.03.5471.488 del vigente presupuesto de gastos.

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. Podrá ser beneficiario de la beca prevista en la presente Orden el solicitante que reúna los siguientes requisitos:

    1. Poseer la nacionalidad española y/o la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea .

    2. Estar en posesión del título que establece el anexo de estas bases.

    3. No padecer enfermedad, ni defecto físico que impida el normal desarrollo de los trabajos.

    4. No estar sometido a ningún expediente disciplinario.

    5. Estar en situación de desempleo.

    6. No haber disfrutado previamente de ninguna beca de formación de tipo predoctoral convocada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

  2. En el caso de aspirantes que posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, deberán acreditar el conocimiento de la lengua española, siendo suficiente a tal efectola valoración efectuada por la Comisión de valoración con ocasión de la entrevista personal.

Artículo 3 Solicitudes.
  1. Las solicitudes irán dirigidas al Excmo. Sr. Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y se presentarán en el plazo de 15 días naturales contados a partir de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de La Rioja, en las Oficinas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, (Avda. de la Paz 8-10) o en cualquiera de los lugares previstos en...

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