Decreto 52/2008, de 5 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 46/2004, de 23 de julio, por el que se regula el Consejo Riojano de Servicios Sociales

Fecha de Entrada en Vigor11 de Septiembre de 2008
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Servicios Sociales
Rango de LeyDecreto



El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, aprobado por La Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de "asistencia y servicios sociales" (artículo 8.uno.30); y de Desarrollo comunitario. Promoción e integración de los discapacitados, emigrantes, tercera edad y demás grupos sociales necesitados de especial protección, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación. Orientación y planificación familiar" (artículo 8.uno.31), fruto de las cuales se dictó la Ley 1/2002, de 1 de marzo de Servicios Sociales.
La Ley 1/2002, de 1 de marzo de Servicios Sociales, regula en el Título IV, el Consejo Riojano de Servicios Sociales, como órgano de carácter consultivo, que se adscribe a la Consejería del Gobierno de La Rioja con competencia en materia de servicios sociales. Establece que estará compuesto por representantes de la administración autonómica, las entidades locales, las instituciones sin fin de lucro, las organizaciones sindicales más representativas y los colegios profesionales relacionados directamente.
Con el fin de dar cumplimiento a la Ley 1/2002, se reguló el Consejo Riojano de Servicios Sociales como órgano de carácter consultivo destinado a la participación en materia de servicios sociales mediante Decreto 46/2004, de 23 de julio.
El Decreto del Presidente 5/2007, de 2 de julio establece la estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, modificando el número y la denominación de algunas Consejerías, determinando el Decreto 85/2007, de 20 de julio la estructura orgánica de la Consejería de Servicios Sociales y sus funciones. No obstante, y fruto de la consolidación del Sistema Público de Servicios Sociales de La Rioja, así como de la necesidad de proceder a la definición de un nuevo marco en el que se precise el contenido del derecho a los servicios sociales, nace el Decreto 10/2008, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Servicios Sociales y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Fruto de la nueva estructura de la Consejería de Servicios Sociales, se hace necesario la modificación del Decreto 46/2004, de 23 de julio, por el que se regula el Consejo Riojano de Servicios Sociales, en lo que atañe fundamentalmente a la...

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