Orden 23/2000, de 10 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno de La Rioja, por la que se regula la concesión de subvenciones destinadas a la promoción cultural de la región

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes
Rango de LeyOrden

La Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno de La Rioja asume como objetivo prioritario la dotación de los medios precisos para que los individuos y los grupos comprometidos con la acción cultural puedan acceder a la realización de sus programas.

Por ello, en apoyo de la actividad individual, asociativa o institucional ordenada a tales fines, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas y a propuesta de la Dirección General de Cultura, dispongo

Artículo 1º Objeto.
  1. - La Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, dentro de los límites crediticios del respectivo ejercicio económico, podrá conceder subvenciones destinadas a colaborar en la financiación de los gastos corrientes ocasionados por la realización de actividades culturales.

  2. - Las subvenciones tendrán como finalidad la promoción, fomento y apoyo de las actividades culturales promovidas por Asociaciones Culturales, Ayuntamientos y personas con implantación en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  1. - El plazo de realización de las actividades subvencionadas en esta Orden será el comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre del mismo año.

Artículo 2º Criterios para la concesión.

Para la concesión de estas subvenciones será preciso que los proyectos de las actividades a realizar, versen sobre música, artes plásticas, artes escénicas, audiovisuales, publicaciones y cultura tradicional de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en relación con las materias anteriores.

Las actividades para las que se solicite subvención han de estar abiertas al público en general y ser totalmente gratuitas.

Artículo 3º Beneficiarios.

Podrán acceder a las subvenciones a que se refiere la presente Orden:

  1. Ayuntamientos.

  2. Asociaciones culturales.

  3. Personas físicas que promuevan actividades de interés cultural.

Las asociaciones culturales que soliciten subvención conforme a lo dispuesto en la presente Orden, deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones, existente en el Gobierno de La Rioja y, en cualquier caso, las entidades mencionadas, para poder ser beneficiarias de subvenciones deberán cumplir los requisitos, instrucciones y normas que en el ejercicio de sus competencias haya dictado la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes.

Artículo 4º Requisitos de la solicitud.

Las personas o entidades que reúnan los requisitos establecidos en la presente Orden, ajustarán la solicitud a los siguientes trámites:

  1. Solicitud ajustada al modelo...

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