Orden 1/2009, de 12 de enero, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, por la que se regulan los Premios 'Rioja Región Responsable'

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Industria, Innovación y Empleo
Rango de LeyOrden
Preámbulo

El Estatuto de Autonomía del Gobierno de La Rioja, aprobado por la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, modificada por la Ley Orgánica 3/1994, de 24 de marzo y la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero, establece en su artículo 11.Uno.3 la competencia de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en los términos que establezcan las leyes, y, en su caso, las normas reglamentarias que para su desarrollo dicte el Estado, la función ejecutiva en materia laboral.

Por Decreto 42/2007, de 13 de julio, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, adscribiéndose a la misma la Dirección General de Trabajo, entre cuyas funciones se halla el desarrollo de las actuaciones de promoción de la Responsabilidad Social en el ámbito de las relaciones laborales.

El Gobierno de La Rioja a través del Decreto 53/2008, de 5 de septiembre, (BOR nº 119 de 10 de septiembre) por el que se crean los Premios "Rioja Región Responsable" ha dado cumplimiento a la previsión relativa a la creación de una normativa de carácter regional que distinguiera a las empresas socialmente responsables, denominada "Triple R", símbolo de "Rioja Región Responsable", contenida en la "Declaración de La Rioja en Responsabilidad Social" con cuya lectura concluyó el I Congreso Europeo de Responsabilidad Social. El objetivo de incentivar a las empresas para que desarrollen la responsabilidad social, perseguido con la creación de los Premios, se encuentra plenamente alineado con la recomendación al respecto del Consejo a los Estados Miembros expresada en las Directrices Integradas para el Crecimiento y el Empleo (2005-2008).

La Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2007, sobre la responsabilidad social de las empresas: una nueva asociación, subraya que las empresas que actúan con responsabilidad social contribuyen de forma destacada a eliminar las desigualdades que afectan sobre todo a las mujeres y a las personas con discapacidad en el mercado de trabajo, en particular en materia de acceso al empleo, las prestaciones sociales, la formación, el desarrollo profesional y una política salarial justa.

Considera también que se debe poner el acento en el desarrollo de la sociedad civil y, en particular, en sensibilizar a los consumidores a favor de una producción responsable para promover la aceptación de una responsabilidad de las empresas que sea duradera e importante en el contexto nacional o regional específico.

Igualmente esta resolución señala que la Responsabilidad Social de las Empresas (RSE) debe abordar nuevos temas tales como el aprendizaje a lo largo de la vida, la organización del trabajo, la igualdad de oportunidades, la inclusión social, el desarrollo sostenible y la ética, de manera que sirva como un instrumento adicional para la gestión del cambio industrial y las reestructuraciones.

Reconoce que la RSE constituye un elemento motor importante para las empresas y solicita la integración de las cuestiones de política social, como el respeto de los derechos de los trabajadores, una política salarial justa, la lucha contra las discriminaciones, la formación a lo largo de toda la vida, etc., y medioambientales, haciendo hincapié en una promoción enérgica del desarrollo sostenible, en apoyo de los nuevos productos y procesos de fabricación a través de las políticas de innovación y comerciales de la UE, así como con la elaboración de estrategias de competitividad sectoriales, a escala regional y de las ciudades.

Corresponde ahora a la Consejería de Industria, Innovación y Empleo, el desarrollo del Decreto citado en ejercicio de la habilitación recogida en la disposición adicional segunda del mismo, regulando el procedimiento de concesión de los Premios Rioja Región Responsable.

A tal efecto, la Orden desarrolla aspectos como la clasificación de las organizaciones al objeto de delimitar la participación en cada una de las tres categorías de los Premios, realizando unaenumeración amplia al objeto de incentivar la participación, el procedimiento de presentación de solicitudes y cuestiones relativas a la organización y funcionamiento del Comité Evaluador y del Jurado.

Sin perjuicio de reconocer, como hace el Parlamento Europeo, que continúa abierto un debate entre las distintas partes interesadas sobre una definición apropiada de responsabilidad social, y al objeto de delimitar el campo de actuación de la labor de fomento de la responsabilidad social que se persigue con los Premios Rioja Región Responsable, se asume la definición formulada por la Comisión de las Comunidades Europeas y reconocida igualmente por el Parlamento Europeo, extendiendo su ámbito de aplicación, inicialmente formulado en relación con las empresas, al conjunto de organizaciones, en coherencia con la observación del Parlamento Europeo de que la responsabilidad social y ambiental se aplica tanto a las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales como a las empresas. En ese sentido, los Premios valorarán la integración voluntaria de las consideraciones medioambientales y sociales en las actividades de todas ellas, además de las exigencias jurídicas y las obligaciones contractuales.

Partiendo de esa definición, la Orden recoge de manera expresa como criterios de valoración que han de tenerse en cuenta necesariamente para el otorgamiento de los Premios, todos los ámbitos de desarrollo de la Responsabilidad Social asumidos por instituciones y organismos de la Unión Europea a través de documentos como el Libro Verde: fomentar un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas, COM (2001) 366 final; la Comunicación de la Comisión relativa a la responsabilidad social de las empresas: una contribución empresarial al desarrollo sostenible, COM (2002) 347 final; la Resolución del Parlamento Europeo de 13 de marzo de 2007, sobre la responsabilidad social de las empresas: una nueva asociación (2006/2133(INI)) o el Dictamen del Comité Económico y Social Europeo (CESE) de 11 de julio de 2007 sobre "El papel de los interlocutores sociales en la conciliación de la vida profesional, familiar y privada" (SOC/271-CESE 998/2007).

Igualmente se recoge como criterio la utilización de diversos mecanismos de apoyo a la implantación de las medidas, en coherencia con la finalidad de fomento de la Responsabilidad Social que es el fin último de los Premios.

Los criterios de valoración se articulan en cuatro apartados relativos a objetivos buscados con las medidas planificadas, a la obtención de recursos para su implantación, a las medidas utilizadas y la toma de decisiones concretas y, finalmente, a los...

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