Orden 23/2009, de 6 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece el procedimiento de tramitación de la exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 47 que las Administraciones educativas facilitarán la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas artísticas profesionales y la educación secundaria, y que con ese fin se podrán adoptar las oportunas medidas de organización y de ordenación académica, que incluirán entre otras, lasconvalidaciones y la creación de centros integrados.

Por otra parte, los objetivos de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato coinciden en gran parte con los establecidos para las enseñanzas de régimen especial de Danza. Asimismo, la posesión de la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento supone la consecución de unos objetivos y capacidades que sin duda alcanzan los establecidos para la materia de la Educación Física de las citadas enseñanzas de régimen general.

En la misma línea, la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria; la disposición adicional séptima del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas; el artículo 9 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento y el artículo 20 del Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de Danza, emplazan al Ministerio de Educación y Ciencia, actualmente Ministerio de Educación, a establecer para todo el Estado el régimen de convalidaciones y exenciones entre las citadas enseñanzas y los efectos que sobre la materia de Educación Física deba tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento.

En cumplimiento de lo señalado en las disposiciones anteriores se publicó el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de la Educación Física debe tener la condición de deportista de alto nivel y alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

Por último, la Orden 6/2009, de 16 de enero, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la evaluación, promoción y titulación del alumnado que cursa Bachillerato en la Comunidad Autónoma de La Rioja, viene a recoger en su artículo 8 diversas medidas de atención a los alumnos con necesidades educativas especiales, entre las que se encuentra la posibilidad de la exención parcial de determinadas materias de Bachillerato.

Desde la perspectiva de una visión del sistema educativo como un todo integrado y, con el objeto de disminuir la sobrecarga lectiva que soporta el alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas de régimen general y enseñanzas profesionales de Danza o que posee la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja, mediante la presente Orden, viene a establecer el procedimiento de tramitación de la exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para los citados alumnos.

Por todo ello,

Dispongo:

Capítulo I Disposiciones de carácter general. Artículos 1 y 2
Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento de tramitación de la exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y será de aplicación en los centros públicos y privados de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Artículo 2 Situaciones previstas por la normativa.
  1. De acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de...

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