Decreto 4/1997, de 24 de enero, por el que se establece la estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural
Rango de LeyDecreto

El Decreto 37/1995, de 12 de julio, estableció la estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, de acuerdo con el Decreto 3/1995, de 10 de julio, que dispuso la estructura básica de la Administración autonómica.

Con posterioridad, la Comunidad Autónoma ha culminado el proceso transferencial en materia de agricultura y ganadería a través de los Reales Decretos 1439, 1440, 1441, 1442 y 1443/1996, de 17 de junio, en cuya virtud se aprobaron los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria, cámaras agrarias, sociedades agrarias de transformación, Fondo Español de Garantía Agraria y desarrollo rural.

Así mismo, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural se ha constituido como órgano pagador de las ayudas comunitarias procedentes de los Fondos europeos FEOGA-GARANTÍA, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento CE 1663/95 de la Comisión.

Dichas incidencias, acaecidas a lo largo de 1996, aconsejan la acomodación de la estructura Orgánica de la Consejería a las mismas, con el objetivo de mejorar la eficacia en la gestión administrativa y optimizar los recursos humanos de que dispone.

Por ello, el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, en su reunión del día 24 de enero de 1997, acuerda aprobar el siguiente

DECRETO

Artículo 1

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja al que corresponde, dentro del ámbito de competencias que le confieren las disposiciones vigentes, las políticas en materia de mejora de la calidad de vida de los agricultores y ganaderos mediante planes y programas de investigación agrícola, la divulgación de sus resultados, acciones en el mundo rural tendentes a su modernización y mejora, tanto en las áreas de infraestructuras rurales como sanitarias y en todas las vertientes que afectan a la Consejería, así como la defensa contra fraudes y el control de la calidad agroalimentaria.

Artículo 2

Para el desarrollo de sus competencias, la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural se estructura en...

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