Decreto 46/2002, de 5 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyDecreto

La publicación del reciente Decreto 36/2002, de 5 de julio, de organización y funcionamiento de la Dirección General de los Servicios Jurídicos que distingue un Servicio Jurídico General y los Servicios Jurídicos en las Consejerías obliga a una adaptación del Decreto de estructura hasta la fecha vigente a la nueva situación.

Al mismo tiempo, el estado actual de los sistemas y tecnologías de la información y la relevancia que tanto éstos como los relativos a los sistemas de aseguramiento de la calidad y la mejora de la gestión están adquiriendo en el seno de las Administraciones Públicas, exigen que el Servicio de Información, Calidad y Evaluación que nació para abordar ambos proyectos se desdoble en dos Servicios para dar una respuesta más eficaz a los mismos.

Por todo ello, el Gobierno a propuesta del Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 5 de septiembre de 2002, acuerda aprobar el siguiente:

DECRETO

Artículo 1

La Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al que corresponde, dentro del ámbito de competencia que le confieren las disposiciones vigentes, la asistencia al Gobierno, la organización y régimen interior de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la gestión de los servicios generales y servicios jurídicos, las competencias en materia de régimen local y política interior.

Artículo 2

La Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas se estructura en los siguientes centros directivos con nivel orgánico de Dirección General:

- Secretaría General Técnica

- Dirección General de la Función Pública

- Dirección General de Administración Local

- Dirección General de los Servicios Jurídicos

- Dirección General de Política Interior

Artículo 3

Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:

  1. Servicio de Secretariado del Gobierno y Relaciones Institucionales

    1.1. Sección de Gestión Institucional

    1.1.1. Negociado de Coordinación Institucional

    1.1.2. Negociado Administrativo

    1.2. Sección de Publicaciones y BOR

    1.3. Sección de Coordinación Normativa y Calidad legislativa

    1.4 Sección de Archivos

    1.4.1.Negociado de Archivo General

  2. Servicio de Coordinación Administrativa

    2.1. Sección de Gestión Económico-presupuestaria

    2.1.1. Negociado de Régimen Interior

    2.1.2. Negociado de Gestión Presupuestaria

    2.2. Sección de Normativa y Asistencia Técnica

  3. Servicio de Información, Calidad y Evaluación

    3.1 Oficina de Atención al Ciudadano y Registro General con nivel orgánico de Sección

  4. Servicio de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información

    4.1 Sección de Ordenación de las Telecomunicaciones

  5. Inspección General de Servicios, con rango orgánico de Servicio

Artículo 4

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