Decreto 24/1999, de 21 de julio de 1999, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Desarrollo AutonoMico y Administraciones puBlicas
Rango de LeyDecreto

El Decreto 4/1999, de 19 de julio, establece la estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, modificando el número y denominación de las Consejerías.

Por este motivo, se hace necesario establecer una nueva estructura orgánica en la que se recojan y ordenen los distintos órganos y unidades administrativas que la configuran de cara a cumplir los requerimientos de nuestra Ley 3/1995, de 8 de marzo, de Régimen Jurídico del Gobierno y la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y los principios básicos de toda organización administrativa, y, todo ello, en consonancia con las competencias que el Decreto antes citado le atribuye.

Por todo ello, el Gobierno a propuesta del Consejero de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas, y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 21 de julio de 1999, acuerda aprobar el siguiente:

Decreto

Artículo 1

La Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, al que corresponde, dentro del ámbito de competencia que le confieren las disposiciones vigentes, la asistencia al Gobierno, la organización y régimen interior de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la gestión de los servicios generales y servicios jurídicos, las competencias en materia de régimen local y política interior.

Artículo 2

La Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas se estructura en los siguientes centros directivos con nivel orgánico de Dirección General:

- Secretaría General Técnica

- Dirección General de la Función Pública

- Dirección General de Administración Local

- Dirección General de los Servicios Jurídicos

- Dirección General de Política Interior

Artículo 3

Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:

  1. Servicio de Secretariado del Gobierno y Relaciones Institucionales

    1.1. Sección de Gestión Institucional

    1.1.1. Negociado de Coordinación Institucional

    1.1.2. Negociado Administrativo

    1.2. Sección de Publicaciones y BOR. De esta Sección dependen el Boletín Oficial de La Rioja y la Imprenta Regional.

    1.3. Sección de Coordinación Normativa y Calidad legislativa

  2. Servicio de Coordinación Administrativa

    2.1. Sección de Gestión Económico-presupuestaria

    2.1.1. Negociado de Régimen Interior

    2.1.1. Negociado...

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