Decreto 57/1997, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura de la Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Desarrollo Autonomico, Administraciones Publicas y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

La paulatina asunción de nuevas competencias por la Comunidad Autónoma de La Rioja va a incrementar los servicios que los órganos de carácter horizontal deben prestar. La importancia que estos órganos van adquiriendo dentro de la organización es cada vez más palpable, por cuanto el crecimiento de la Administración, esto es, de los servicios públicos que presta, debe tener como correlato un incremento de los servicios comunes que son los que, gestionados adecuadamente, permiten que la organización funcione y cumpla sus objetivos sociales.

Por ello, se hace necesario potenciar los servicios de consultoría interna, con la creación del Servicio de Información, Calidad y Evaluación y la Inspección General de Servicios, cuyas funciones, de especial trascendencia para el correcto funcionamiento de la Administración autonómica, serán objeto de regulación posterior a través de la correspondiente normativa reglamentaria.

Por otro lado, los servicios de Función Pública deben adaptarse a una nueva realidad, presidida por un incremento del personal al servicio de la Administración autonómica, que va a doblar sus efectivos en breve plazo.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta del Consejero de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, y previa deliberación de sus miembros, en su reunión del día 30 de diciembre de 1997, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

Artículo 1

La Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja al que corresponde, dentro del ámbito de competencia que le confieren las disposiciones vigentes, la asistencia al Consejo de Gobierno, la organización y régimen interior de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja, la gestión de los servicios generales, las competencias en materia de régimen local, así como las políticas medioambientales.

Artículo 2

Para el ejercicio de sus competencias, la Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente se estructura en los siguientes centros directivos con nivel orgánico de Dirección General:

* Secretaría General Técnica

* Dirección General de la Función Pública

* Dirección General de Administración Local

* Dirección General del Medio Natural

* Dirección General de Calidad Ambiental

Artículo 3

Integran la Secretaría General Técnica las siguientes unidades administrativas:

  1. Asesoría Jurídica con nivel orgánico de Servicio.

  2. Inspección General de Servicios, con nivel orgánico de Servicio.

  3. Servicio de...

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