Orden nº 15/2011, de 28 de febrero, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las becas de formación para emprendedores y empresarios de menos de cuatro años desde su implantación en La Rioja, en empresas de la UE, dentro del Programa The European Entrepreneur Exchange-Erasmus for Young Entrepreneurs (Erasmus para Jóvenes Emprendedores) de la Comisión Europea

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Industria, Innovación y Empleo
Rango de LeyOrden
Preámbulo

Frente a un proceso imparable de globalización, donde las nuevas tendencias tecnológicas, la posibilidad de combinar economías de escala, la globalización de los mercados, la volatilidad de la demanda y las incertidumbres estratégicas asociadas al nuevo escenario mundial, han jugado un papel protagonista, las economías tanto nacionales como regionales deben hacer frente a una presión competitiva cada vez agudizada en el tiempo. Nadie se cuestiona ya que ante los retos de la nueva economía del siglo XXI la única forma que tienen las economías desarrolladas de competir en los mercados globales es la diferenciación a través del valor añadido y la innovación.

Asimismo, a este escenario global hay que sumarle la crisis económica financiera internacional actual, la cual está incidiendo de manera notable en el mercado de trabajo español en el que el ritmo de destrucción de empleo es superior al del resto de países comunitarios.

La Rioja no es ajena a esta situación, y aunque sus niveles de desempleo están por debajo de la media nacional, éstos se han incrementado considerablemente en los últimos dos años. Asimismo, La Rioja se caracteriza por ser una región en la que predominan los sectores tradicionales, por lo que el Gobierno riojano se ve en la necesidad de definir nuevas políticas capaces de impulsar la competitividad económico regional y poder responder así ante los nuevos retos del nuevo escenario económico mundial, previendo posibles situaciones de cambio traumáticas. Por ello, la nueva estrategia regional, plantea entre sus líneas de actuación, avanzar a favor del espíritu empresarial como activo que propiciará la creación de empleo, el crecimiento económico y la mejora de la competitividad regional. La nueva estrategia pasa por la necesidad de potenciar el desarrollo de una Sociedad Emprendedora donde la actitud empresarial emprendedora configure el entorno de referencia para la generación de nuevos dinamismos económicos, y en la que la creación de empresas innovadoras y la expansión de las existentes a través de la introducción de nuevos procesos de intraemprendizaje en su actividad, que aparecen como resultados inmediatos.

De esta forma se trata de avanzar en un proceso tendente a incrementar la creación de empleo y mejorar la calidad de vida y bienestar social de la población riojana, incrementando en cantidad y calidad la actividad emprendedora y mejorando, en definitiva, los niveles de competitividad, innovación y productividad de las empresas riojanas.

La Comunidad Autónoma de La Rioja asumió, por Reales Decretos 41/1999, de 15 de enero, y 1379/2001, de 7 de diciembre, la gestión de la formación profesional ocupacional y la gestión realizada por el antiguo Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación, siendo el Servicio Riojano de Empleo, creado por Ley 2/2003, de 3 de marzo, el organismo encargado de la ejecución de estas materias en el ámbito de la Comunidad Autónomade La Rioja.

En este contexto, el Servicio Riojano de Empleo tiene como principal objetivo definir nuevas políticas de empleo y formación vinculadas a las políticas de innovación y competitividad, capaces de enfrentar el impacto negativo de la crisis en el mercado de trabajo y apoyar a las empresas en sus esfuerzos por mantener su posicionamiento competitivo.

Por todo ello, el Programa "Erasmus para Jóvenes Emprendedores" resulta una herramienta idónea de cara a reforzar el potencial competitivo y la sostenibilidad de las empresas riojanas de reciente creación y nuevos emprendedores mediante el fomento de su aprendizaje y el conocimiento de otras experiencias empresariales internacionales.

El objetivo fundamental del programa se centra en la creación y consolidación del empleo estimulando el aprendizaje, la competitividad, la internacionalización y el crecimiento de pequeñas y medianas empresas de nueva creación o ya establecidas de La Rioja, mediante la transferencia de know-how entre empresarios con experiencia de la Unión Europea y emprendedores y empresarios con menos experiencia de nuestra Comunidad Autónoma.

Además, el proyecto se ha marcado los siguientes objetivos específicos:

- Desarrollar contactos duraderos entre las nuevas empresas y empresas de reciente creación y los nuevos emprendedores riojanos y las empresas de referencia ubicadas en otros Estados miembros para la generación de sinergias y complementariedades.

- Facilitar a las empresas de reciente creación y los nuevos emprendedores el conocimiento y la penetración en nuevos mercados extranjeros.

- La inserción de las empresas de reciente creación y emprendedores en redes de cooperación europeas.

- La adopción de nuevos métodos de gestión entre las empresas de La Rioja.

- Acoger a empresas de reciente creación de otros Estados miembros que puedan beneficiarse de la experiencia de empresas riojanas ya consolidadas y que son referencia.

El emprendedor o nuevo empresario, podrá a través de su participación en el programa:

- Aprender de la experiencia de una empresa ya consolidada.

- Investigar nuevos mercados y desarrollar nuevas oportunidades de negocio.

- Desarrollo de proyectos de I+D+I.

- Aprender de la gestión financiera en una empresa.

- Aprender de las diferentes formas de negociación existentes.

- Aprender de las estrategias de venta y marketing de la empresa receptora.

La orden define las subvenciones (Gastos de viaje, al país de la empresa de acogida, gastos de alojamiento, en el país de origen de la empresa de acogida y gastos de manutención, en el país de origen de la empresa de acogida) para nuevos emprendedores, con planes firmes para montar su propio negocio y los empresarios que hayan implantado su negocio durante los tres últimos años.

Las subvenciones estarán cofinanciadas en un 90% a través del Programa "The European Entrepreneur Exchange Erasmus for Young Entrepreneurs" ("Erasmus para Jóvenes Emprendedores") de la Comisión Europea, "Learning for business", aprobado al Servicio Riojano de Empleo el 24 de octubre de 2009, ateniéndose a las condiciones que marca la convocatoria mencionada.

Se estructura en 23 artículos en los que se establece el objeto, gastos subvencionables, financiación de las actividades subvencionadas, cuantía de la subvención, beneficiarios, el procedimiento de concesión de las subvenciones, convocatoria, solicitudes, documentación y plazo, subsanación de solicitudes, criterios para la concesión de la subvención, tramitación, resolución, reformulación de las solicitudes, emparejamiento de emprendedores seleccionados, obligaciones de los beneficiarios, régimen de mínimis, justificación de la subvención, validación y estampillado, abono de la subvención, exoneración, modificación de la resolución de concesión y causas y procedimiento de reintegro, además de 2 disposiciones adicionales, concluyendo con la disposición final de entrada en vigor.

El Servicio Riojano de Empleo, con esta Orden pretende complementar el apoyo que ofrece a los emprendedores riojanos con una iniciativa como "Erasmus for Young Entrepreneurs", que seenmarcada en la línea de asesoramiento y formación de emprendedores que viene siendo desarrollada, en otros ámbitos y actividades, por el propio Servicio Riojano de Empleo.

Por todo lo expuesto, y en virtud de las competencias atribuidas por la legislación vigente, a propuesta del Servicio Riojano de Empleo, previos los trámites preceptivos y de acuerdo con las competencias atribuidas, apruebo la siguiente

Orden

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones de formación para emprendedores y empresarios de menos de cuatro años desde su implantación en La Rioja, en empresas de la UE, dentro del Programa "The European Entrepreneur Exchange Erasmus for Young Entrepreneurs" ("Erasmus para Jóvenes Emprendedores") de la Comisión Europea.

Artículo 2 Gastos subvencionables.
  1. Serán susceptibles de obtener subvención los siguientes gastos:

    1. Gastos de viaje, al país de la empresa de acogida.

    2. Gastos de alojamiento, en el país de origen de la empresa de acogida.

    3. Gastos de manutención, en el país de origen de la empresa de acogida.

  2. Sólo serán subvencionables los gastos descritos en el apartado primero si responden de forma indubitada a la actividad formativa que constituye el objeto de la subvención.

Artículo 3 Financiación de las actividades subvencionadas.
  1. Las subvenciones que se otorguen al amparo de las presentes bases reguladoras serán compatibles con las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales con las que resulta compatible.

  2. No obstante lo anterior, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o...

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