Orden 4/2001, de 9 de febrero, de la Consejería de Salud y Servicios Sociales por la que se convocan ayudas económicas con carácter de subvención en materia de salud para el ejercicio 2001

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Salud y Servicios Sociales
Rango de LeyOrden

La Orden de 27 de enero de 1998 (B.O.R. nº 14, de 31.01) de Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para determinadas actuaciones en materia de salud, modificada por la Orden de 20 de abril de 1998 (B.O.R. nº 53, de 02.05) es la referencia obligada en cuanto a los requisitos generales, para las órdenes de convocatorias que anualmente se vienen realizando, desde su aprobación. Este carácter de orden de referencia lo tiene así mismo la Orden 4/2000, de 18 de febrero (B.O.R. nº 26, de 24.02).

La presente Orden tiene por objeto realizar la convocatoria de ayudas para el año 2001, estableciendo un periodo de presentación de solicitudes al objeto de iniciar el correspondiente procedimiento de priorización y concesión, en su caso. Igualmente se posibilita mediante la Disposición Transitoria única el rescate de aquellas subvenciones del ejercicio 2000 que, por causas justificadas, no han podido justificar en los plazos establecidos.

En consideración a lo expuesto y previo informe de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, de la Intervención General y de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, apruebo la siguiente

Orden:

Artículo 1 Objeto.

Por la presente Orden se convocan ayudas económicas con carácter de subvención, en régimen de concurrencia competitiva, durante el ejercicio 2001, en favor de las Corporaciones Locales titulares de instalaciones de atención de salud y de Asociaciones, Instituciones y Entidades sin ánimo de lucro que cumplan con los requisitos exigidos en la Orden de 27 de enero de 1998 (B.O.R. de 31.01) modificada por Orden de 20 de abril de 1998 (B.O.R. de 02.05) y por la Orden 4/2000, de 18 de febrero (B.O.R. de 24.02).

Articulo 2 Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de La Rioja.

Artículo 3 Impresos de solicitud

La solicitud de subvención se realizará en impreso facilitado por la Dirección General de Salud, Servicio de Atención Sanitaria, sito en Logroño, calle Víllamediana nº 17, 2º piso; al que se acompañará la documentación exigida que se recoge en la Orden de Bases reguladoras de estas ayudas y sus modificaciones.

Artículo 4 Modificaciones a los...

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