Orden 34/2000, de 10 de marzo, de la Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, por la que se regula el régimen de subvenciones para dotación de equipamiento a Corporaciones Locales, a Federaciones Deportivas Riojanas y a asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura, Juventud y Deportes
Rango de LeyOrden

La Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes, dentro de los límites que determinan los créditos consignados en su presupuesto, viene a regular el régimen de subvenciones para dotación de equipamiento a Corporaciones Locales, Federaciones Deportivas Riojanas y Asociaciones Deportivas.

En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, dispongo:

Artículo 1º Objeto.

Las subvenciones reguladas en la presente Orden tendrán como objeto financiar parcialmente la adquisición, por parte de las Corporaciones Locales y de las Asociaciones Deportivas Riojanas, de material deportivo inventariable, así como la adquisición, por parte de las Federaciones Deportivas, de material deportivo y/o de oficina inventariable.

Las adquisiciones objeto de subvención conforme a esta Orden deberán realizarse en el plazo comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de octubre de 2000.

Artículo 2º Criterios de adjudicación.
  1. Criterios Generales: Participación en actividades organizadas y tuteladas por la Dirección General de Juventud y Deportes.

    Prioridad de Ayuntamientos, Federaciones y Clubes que no hayan recibido subvención a este fin en los años precedentes.

  2. - Para Corporaciones Locales y Asociaciones Deportivas:

    1. Prioridad del material deportivo sobre el complementario.

    2. Prioridad de primera adquisición sobre reposición.

  3. - Para Federaciones Deportivas, preferencia de:

    1. Material Deportivo sobre el de oficina.

    2. Material de competición sobre el complementario.

    3. Mobiliario sobre maquinas.

    4. Primera adquisición sobre reposición.

Artículo 3º Beneficiarios.

Podrán acceder a la subvención o ayuda cuya concesión aparece regulada en esta Orden:

  1. Los Ayuntamientos de los Municipios comprendidos en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  2. Las Federaciones Deportivas Riojanas que se encuentren legalmente constituidas e inscritas en el registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

  3. Las Asociaciones Deportivas que se encuentren legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

En...

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