Orden 43/2004, de 23 de diciembre, por la que se determinan los domingos y días festivos para el año 2005 en que podrán permanecer abiertos al público los establecimientos comerciales, así como los periodos de rebajas para el citado año

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejeria de Agricultura y Desarrollo EconoMico
Rango de LeyOrden

En virtud del Decreto 37/2003, de 15 de julio, de atribución de funciones administrativas en desarrollo de la Ley 3/2003 de organización del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en su artículo 4.6.1. d) se atribuye al titular dela Consejería de Agricultura y Desarrollo Económico la facultad de determinar los días festivos hábiles en que los comercios pueden permanecer abiertos al público y las fechas de los periodos de rebajas a propuesta de la Dirección General correspondiente.

La determinación de los días festivos hábiles comercialmente debe realizarse conforme a la normativa estatal básica de aplicación en la materia, atendiendo a las necesidades comerciales de la Comunidad Autónoma y al atractivo comercial que dichos días tienen para los consumidores.

Respecto a la fijación de los periodos de rebajas, el ejercicio de esta facultad se realizará teniendo en cuenta la legislación estatal exclusiva expresada en el artículo 25 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

Ante lo expuesto, previos los trámites y consultas preceptivas, mediante la presente disposición se procede a la determinación de los domingos y festivos que, a efectos del ejercicio de actividad comercial, tendrán la consideración de hábiles durante el año 2005, así como los periodos dentro de los cuales los comercios podrán realizar ventas en rebajas.

Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me han sido conferidas y a propuesta de la Dirección Generalde Ordenación y Desarrollo Económico.

Dispongo:

Artículo 1º Domingos y festivos hábiles comercialmente

Sin perjuicio del régimen especial de horarios que de acuerdo con la legislación básica estatal tienen los establecimientos enumerados en la misma, los domingos y festivos en que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público, con un horario máximo de 12 horas diarias, durante el año 2005 son:

- 2 de enero

- 9 de enero

- 20 de marzo, exclusivamente en el término municipal de Calahorra.

- 27 de marzo, excepto en el término municipal de Calahorra.

- 12 de junio

- 3 de julio

- 24 de julio

- 4 de septiembre

- 18 de diciembre

Artículo 2º Periodos de ventas en rebajas

Los períodos en que los...

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