Decreto 32/2010, de 21 de mayo, por el que se regula la actividad de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta de la Comunidad Autónoma de La Rioja

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Administraciones Públicas y Política Local
Rango de LeyDecreto

El artículo 8. uno. 29 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de La Rioja atribuye a ésta competencia exclusiva en materia de espectáculos.

En ejercicio de esta competencia se aprobó la Ley 4/2000, de 25 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que entre otros aspectos regula el ejercicio de las actividades de ocio en un adecuado marco de seguridad para el público asistente, de modo que se concilie el derecho al ocio y la convivencia ciudadana.

Asimismo la creciente importancia del ocio y tiempo libre en la valoración del nivel de calidad de vida de los ciudadanos y en el desarrollo económico, ha hecho que cada vez sea más necesario incrementar la contratación de personal para el control de acceso a determinados espectáculos y actividades recreativas en aras de garantizar la seguridad y el bienestar en estos establecimientos.

La aprobación de este decreto tiene como finalidad regular la actividad de este personal de control de acceso a discotecas, salas de baile y salas de fiesta en la Comunidad Autónoma de La Rioja garantizando que se lleve a cabo por personal debidamente cualificado, al considerarse que se trata de los locales donde hay mayor concurrencia de público y por tanto resulta necesario garantizar la acreditación de este personal.

En el Capítulo I del decreto se define el objeto, concreta los espectáculos y establecimientos incluidos en su ámbito de aplicación y define quién es el sujeto responsable de la actividad de control de acceso.

El Capítulo II se dedica al personal de control de acceso, se establecen las condiciones y requisitos para obtener la acreditación.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Administraciones Públicas y Política Local, oído el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 21 de mayo de 2010, acuerda aprobar el siguiente,

DECRETO

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 3
Artículo 1 Objeto.

Este Decreto tiene por objeto regular los criterios de la habilitación y las funciones del personal de control de acceso de discotecas, salas de baile y salas de fiesta, con el objeto de que se garantice el libre ejercicio de los derechos y libertades de todos los ciudadanos y ciudadanas, y de evitar y erradicar cualquier situación conflictiva o violenta.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.

Este Decreto será de aplicación al personal de control de acceso que ejerza esta tarea en las discotecas, salas de baile y salas de fiesta, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja, independientemente de que exijan el abono de un precio para acceder o no lo exijan.

A efectos de determinar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR