Orden 3/2011, de 27 de mayo, de la Consejería de Servicios Sociales, por la que se determinan los precios públicos en las Guarderías Infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma de La Rioja, durante el curso 2011/2012

SecciónIII. Otras disposiciones y actos
EmisorConsejería de Servicios Sociales
Rango de LeyOrden

La Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 establece como uno de sus principios rectores en su artículo 39.1 que los poderes públicos asegurarán la protección social, económica y jurídica de la familia.

El Estatuto de Autonomía de La Rioja, aprobado mediante Ley Orgánica 3/1982, en la redacción dada por la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero, en su artículo 8.1.30, atribuye como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de La Rioja "la asistencia y servicios sociales".

El Decreto 12/2003, de 4 de abril, por el que se fijan medidas de apoyo a la familia, a la conciliación de la vida laboral y familiar, y a la inserción y promoción laboral de las mujeres en La Rioja, recoge dentro de su objeto la fijación del marco para la adopción de medidas orientadas a la protección y apoyo a la familia en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Ley 6/2002, de 18 de octubre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja establece, en su artículo 36.2.b) que cuando se trate de modificar la cuantía de un precio público, dicha modificación se efectuará mediante Orden de la Consejería competente por razón de la materia, requiriéndose en todo caso informe de la Consejería competente en materia de Hacienda, que tendrá carácter vinculante.

En el punto 9 del Anexo del Decreto 87/2003, de 18 de julio, por el que se determinan los bienes, servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos, se establece que la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá cobrar precios públicos por los servicios prestados por Guarderías Infantiles.

En este sentido, el artículo 4.2 del Decreto 26/2010, de 30 de abril, por el que se determina el precio público en las guarderías infantiles dependientes del Gobierno de La Rioja, dispone que la cuantía de las tarifas de este precio público, detalladas en el Anexo I, se actualizarán anualmente mediante Orden de la Consejería competente en materia de Guarderías Infantiles dependientes del Gobierno de La Rioja, conforme al incremento interanual del Índice de Precios al Consumo (IPC), registrado en el ejercicio inmediatamente anterior a la convocatoria.

En consecuencia, y en virtud de la competencia atribuida por el Decreto 33/2009, de 30 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Servicios Sociales y sus funciones en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR