Decreto 8/2004, de 6 de febrero, por el que se nombra a miembros del Consejo Escolar de La Rioja

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto

La Ley 3/1997, de 6 de mayo, de Consejos Escolares de La Rioja, en su Artículo 6.6 establece que el nombramiento de los miembros del Consejo Escolar de La Rioja se efectuará por Decreto del Gobierno de La Rioja, previa propuesta formalizada por la Consejería que tenga atribuidas las competencias en educación no universitaria.

Vistas la propuesta de designación de vocales por parte de la entidad afectada, se procede a nombrar a los nuevos miembros que habrán de integrar el Consejo Escolar de La Rioja.

A tal efecto, el Consejo de Gobierno, al amparo de los dispuesto en la Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 6 de febrero de 2004, acuerda aprobar el siguiente:

Decreto

Artículo Único

Se nombran a la personas que a continuación se relacionan como miembros del Consejo Escolar de La Rioja, con las atribuciones y derechos inherentes a su cargo:

- Dª Mariam Ferrer Gómez, a propuesta de la Federación Riojana de Municipios.

- D. Lorenzo Francia González, a propuesta de la Federación Riojana de Municipios.

- D. José Mª Cuesta Presedo, a propuesta de la Federación Riojana de Municipios.

- D. José Miguel Crespo Pérez, a propuesta de la Federación Riojana de Municipios.

Disposición Final Única

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR